La independencia judicial es un rasgo distintivo del sistema judicial norteamericano. El poder judicial, como rama mutuamente igual del gobierno, act・ notablemente libre del control de las ramas ejecutiva y legislativa. Decide casos con imparcialidad, sin influencia de la opini・ popular. El pueblo norteamericano respeta a sus tribunales y jueces, aun cuando algunas veces los critique. En este contraste entre el derecho consuetudinario y el derecho civil, el Juez Peter Messitte, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos (Maryland), considera algunos aspectos b・icos de ambos sistemas y explica c・o se compara el sistema de derecho consuetudinario norteamericano con el del derecho basado en la tradici・ romana. |
Los dos principales sistemas jur・icos en el mundo actual son el derecho basado en la tradici・ romana y el derecho consuetudinario. Europa Continental, Am・ica Latina, la mayor parte de Africa y muchos pa・es centroeuropeos y asi・icos forman parte del sistema de derecho basado en la tradici・ romana; Estados Unidos, as?como Inglaterra y otros pa・es que una vez fueron partes del Imperio Brit・ico, pertenecen al sistema de derecho consuetudinario.
El sistema de derecho basado en la tradici・ romana tiene sus ra・es en el derecho de la Roma antigua. Fue modernizado en el siglo VI D.C. por el emperador Justiniano y m・ tarde adaptado por juristas franceses y alemanes.
El sistema de derecho consuetudinario comenz?a desarrollarse en Inglaterra hace cerca de un milenio. Cuando se estableci?el parlamento de Inglaterra, los jueces reales ya hab・n comenzado a basar sus fallos en el derecho habitual "com・" al reino. Se estaba acumulando una colecci・ de fallos. Abogados competentes asist・n al proceso. Mientras que el resto de Europa aceptaba el derecho basado en la tradici・ romana, Inglaterra, que en ese tiempo estaba creando su propio sistema jur・ico flexible, no necesitaba hacerlo. Nunca adopt?la idea de la Revoluci・ Francesa de que hab・ que limitar el poder de los jueces, que ・tos deb・n limitarse estrictamente a aplicar la ley tal como la declaraba el poder legislativo.
Por lo tanto, los colonizadores brit・icos en Am・ica estaban versados en esta tradici・. En efecto, entre los agravios enumerados en la Declaraci・ de Independencia norteamericana figuraba que el rey ingl・ hab・ privado a los colonos de sus derechos de ingleses, que hab・ hecho que los jueces coloniales fuesen "dependientes de su sola voluntad en cuanto a la permanencia en sus cargos" y que le hab・ negado al pueblo los "beneficios del juicio por jurado".
Despu・ de la Revoluci・ Norteamericana, los nuevos estados independientes de Norteam・ica adoptaron con entusiasmo el derecho consuetudinario ingl・. En los m・ de 200 a・s transcurridos desde ese tiempo, el derecho consuetudinario norteamericano ha visto muchos cambios -- econ・icos, pol・icos y sociales -- y se ha convertido en un sistema distinto tanto en sus t・nicas como en su estilo de adjudicaci・.
・・o se compara el sistema de derecho consuetudinario norteamericano con el derecho basado en la tradici・ romana?
La ley "hecha por el juez"
Se dice con frecuencia que el sistema de derecho consuetudinario consiste en leyes no escritas "hechas por el juez", mientras que el sistema de derecho basado en la tradici・ romana se compone de c・igos escritos. En su mayor parte, las leyes en Estados Unidos hoy son "hechas" por la rama legislativa. Pero, hasta cierto punto, la analog・ de la ley hecha por el juez es verdadera.
A trav・ de la historia muchas de las leyes del sistema de derecho consuetudinario norteamericano fueron creadas por fallos judiciales, especialmente en ・eas tan importantes como el derecho sobre la propiedad, contratos y agravios -- los que en los pa・es con derecho basado en la tradici・ romana se conocen como "delitos privados". En cambio, los pa・es de derecho basado en la tradici・ romana han adoptado extensos c・igos civiles que abarcan temas como personas, objetos, obligaciones y herencias, as?como c・igos penales, c・igos de procedimientos y c・igos que cubren cuestiones tales como la ley de comercio.
Pero ser・ incorrecto decir que el derecho consuetudinario es un derecho no escrito. Los fallos judiciales con que se ha interpretado la ley, de hecho, fueron redactados y siempre son accesibles. Desde los tiempos m・ antiguos -- la Carta Magna es un buen ejemplo -- ha habido "legislaci・", lo que en los sistemas de derecho basado en la tradici・ romana se llamar・ "ley promulgada". En Estados Unidos, esta incluye las constituciones (tanto la constituci・ federal como las estatales) as?como las leyes que aprueban el Congreso y los poderes legislativos de los estados.
Adem・, tanto al nivel federal como estatal, muchas leyes, en efecto, han sido codificadas. Al nivel federal, por ejemplo, existe un c・igo de impuestos internos. Los poderes legislativos de los estados han adoptado c・igos uniformes en ・eas como el derecho penal y comercial. Tambi・ hay reglas uniformes de procedimiento civil y penal, las que, si bien son generalmente adoptadas por los tribunales superiores del sistema federal y de los sistemas estatales, en ・timo t・mino las ratifican los poderes legislativos. Cabe notar, sin embargo, que muchos de los leyes y reglamentos codifican simplemente los resultados alcanzados por el derecho consuetudinario o "com・". Los fallos judiciales que interpretan las constituciones y las leyes aprobadas por los poderes legislativos tambi・ se convierten en fuentes de la ley, de modo que, por ・timo, la percepci・ b・ica del sistema norteamericano como un conjunto de leyes hechas por el juez sigue siendo valedera.
Al mismo tiempo, en los pa・es de derecho basado en la tradici・ romana no todas las leyes se codifican en el sentido de organizarlas en forma de una declaraci・ org・ica completa sobre un tema dado. Algunas veces, para abordar cuestiones espec・icas se aprueban leyes individuales sin codificarlas. Estas simplemente existen junto con los c・igos civiles o penales m・ amplios del sistema. Si bien los fallos de los tribunales superiores, en una jurisdicci・ de derecho basado en la tradici・ romana, tal vez no tienen fuerza de ley en casos futuros (como los tienen en un sistema de derecho consuetudinario), el hecho es que en muchos pa・es de derecho basado en la tradici・ romana los tribunales de primera instancia tienden a seguir los fallos de los tribunales superiores del sistema debido a lo persuasivo de su razonamiento. No obstante, en el sistema de derecho basado en la tradici・ romana un juez no est?legalmente obligado, en un caso id・tico o similar, a dejarse llevar por el fallo anterior de un tribunal superior y est?en libertad de hacer caso omiso de ese fallo.
El concepto del precedente
En Estados Unidos, los fallos judiciales tienen fuerza de ley y el p・lico, los abogados y, naturalmente, los mismos tribunales, deben respetarlos. Esto es lo que se entiende por el "concepto del precedente", como lo expresa la frase en lat・ stare decisis -- "observa el precedente". Un tribunal de primera instancia, al pronunciar su fallo en casos iguales o similares, debe respetar las decisiones de un tribunal superior de su misma jurisdicci・.
Esta tradici・, que Estados Unidos hered?de Inglaterra, se basa en varias consideraciones normativas. Estas incluyen la naturaleza previsible de los resultados, la igualdad del trato de los litigantes en situaciones similares, econom・ judicial y respeto a la sabidur・ acumulada de los abogados y jueces. Pero tambi・ se entiende que la responsabilidad principal de aprobar las leyes corresponde a la autoridad legislativa; los jueces deben interpretar la ley, a lo sumo deben llenar los vac・s cuando las constituciones o las leyes son ambiguas o mudas.
Existen por lo tanto caracter・ticas limitadoras importantes en el concepto del precedente. Primero y antes que nada, un fallo judicial solamente obliga a un tribunal de primera instancia si el tribunal que pronuncia el fallo es superior dentro de la misma l・ea de autoridad. Por ejemplo, en un caso de derecho federal normal o constitucional, un fallo del Tribunal Supremo de Estados Unidos obliga a todos los tribunales norteamericanos, porque todos son de instancia inferior y en estos asuntos est・ en la misma l・ea de autoridad que el Tribunal Supremo. Pero los fallos de cualquiera de los tribunales de apelaciones -- los tribunales federales intermedios de apelaciones -- solamente obligan a los tribunales federales de primera instancia dentro de sus respectivas regiones. Los fallos del tribunal supremo de un estado acerca del significado de una ley del estado en que el tribunal tiene jurisdicci・ son obligatorios en todas partes, siempre que los fallos del tribunal de ese estado no est・ en pugna con el derecho constitucional federal.
Los jueces norteamericanos tienden a ser muy cautelosos en sus fallos. Por regla general, solamente consideran casos o controversias presentados por litigantes cuyos intereses se ven de alguna manera afectados directamente. Adem・, los jueces usualmente deciden los casos bas・dose en las razones m・ circunscritas posibles, evitando, por ejemplo, cuestiones de ・dole constitucional cuando pueden resolver los casos sin invocar razones constitucionales. Asimismo, los jueces, al invocar la "ley" deciden solamente lo absolutamente necesario para pronunciar su fallo sobre el caso. Cualquier otro pronunciamiento sobre la ley es extraoficial.
Otra importante caracter・tica limitadora del concepto del precedente es que el caso que se presenta posteriormente debe ser igual o estar estrechamente relacionado con el caso anterior. A menos que los hechos sean id・ticos o sustancialmente similares, el tribunal que decide sobre un caso posterior podr?establecer una diferencia con el caso anterior sin verse obligado por el mismo.
El tribunal supremo de una jurisdicci・, es decir, el Tribunal Supremo de Estados Unidos cuando se trata de la naci・, o el tribunal supremo de un estado cuando se trata de un estado, puede invalidar un precedente aun cuando los hechos del caso posterior sean id・ticos o sustancialmente similares a un caso anterior. En 1954, por ejemplo, en el famoso caso de integraci・ escolar de Brown vs Junta Escolar, el Tribunal Supremo de Estados Unidos invalid?un fallo an・ogo que hab・ pronunciado en 1896.
Pero esta invalidaci・ directa no es com・. Lo m・ probable es que el tribunal superior, al establecer, con el correr del tiempo, diferencias entre los casos m・ recientes, se aparte de un precedente que ya no es deseable. Pero en la mayor parte de los casos, se mantienen los precedentes de larga data de los tribunales superiores.
Un derecho organizado
・ d・de debe dirigirse uno para encontrar la ley en los Estados Unidos? Podr・ suponerse que debido a las leyes aprobadas y los fallos judiciales que componen a la ley, la b・queda es dif・il. Pero, en efecto, es relativamente f・il encontrarla. Si bien una gran parte del derecho norteamericano no est?codificado, ha sido sistematizado y organizado por materia. Enciclopedias y tratados jur・icos redactados por catedr・icos y practicantes eruditos de la ley exponen el derecho en secuencia l・ica, y generalmente proveen tambi・ perspectivas hist・icas. Estas obras de autoridad contienen referencias a principios y reglas espec・icas de la ley dentro de una rama dada del derecho, as?como menciones de leyes y fallos judiciales pertinentes. Es relativamente f・il tener acceso a las leyes en los libros de "c・igos" y de casos, en vol・enes encuadernados llamados Informes de Tribunales y, hoy d・, se tiene acceso a ambos por medio de la computadora.
Pero tambi・ cabe notar que en el sistema de derecho consuetudinario los redactores de tratados no tienen la misma importancia que en el sistema de derecho civil. En los pa・es de derecho civil, frecuentemente se considera a esas autoridades como fuentes de la ley y se acude a ellas para el desarrollo de la doctrina relativa a una materia dada. Los jueces del derecho basado en la tradici・ romana atribuyen considerable importancia a sus declaraciones. En Estados Unidos, en cambio, las doctrinas que elaboran los redactores de tratados jur・icos carecen de fuerza de ley, aunque puede que se las cite por su poder persuasivo.
El derecho consuetudinario vs el derecho basado en la tradici・ romana
Aparte de estas caracter・ticas, hay un n・ero de instituciones asociadas al sistema de derecho consuetudinario que usualmente no se encuentran en los sistemas de derecho basado en la tradici・ romana. Predominante entre estas instituciones figura el jurado que, a opci・ de los litigantes, funciona tanto en casos civiles como penales. El jurado consiste en un grupo de ciudadanos, generalmente doce, que se convocan al azar para determinar los hechos en un juicio. Cuando se lleva a cabo un juicio por jurado, el juez instruye al jurado acerca de la ley, pero es el jurado el que decide sobre los hechos. Esto significa que ciudadanos comunes deciden cu・ de las partes litigantes prevalecer?en un caso civil y, si el acusado, en un caso penal, es culpable o inocente de los cargos de que se lo acusa.
La instituci・ del jurado ha tenido un efecto importante en el derecho consuetudinario. Debido a que se convoca a los jurados en forma temporal para que resuelvan cuestiones concretas, los juicios en el sistema de derecho consuetudinario usualmente son eventos concentrados, algunas veces de s・o algunos d・s de duraci・ (aunque ocasionalmente pueden extenderse a semanas o meses). En ellos se hace hincapi?en las declaraciones orales de los testigos, aunque tambi・ se presentan documentos como pruebas. Los abogados tienen la responsabilidad de preparar el caso; el juez no investiga el caso antes del juicio. Los abogados, que act・n como antagonistas, interrogan a los testigos durante el juicio, mientras que el juez act・ esencialmente como ・bitro. Las declaraciones se registran palabra por palabra por medio de un taqu・rafo del tribunal o electr・icamente.
En el sistema norteamericano es en el tribunal de primera instancia (es decir, el tribunal que considera el caso por primera vez), donde se registran los hechos del caso. En t・minos generales, los tribunales de apelaciones limitan su reexamen de los casos del tribunal de primera instancia a errores judiciales, no a los hechos. El tribunal de apelaciones no recibe pruebas nuevas.
Todo esto contrasta grandemente con lo que usualmente se encuentra en los sistemas de derecho basado en la tradici・ romana, donde pr・ticamente se desconoce el juicio por jurado. En un caso dado, en lugar de celebrarse un solo juicio continuo, puede haber una serie de audiencias judiciales durante un tiempo prolongado. Los documentos desempe・n una funci・ m・ importante que las declaraciones de los testigos. El juez investiga activamente el caso e interroga tambi・ a los testigos. En lugar de un registro palabra por palabra de los procedimientos, son las notas y conclusiones del juez las que componen el expediente. El juez puede aceptar apelaciones tanto sobre los hechos como sobre las cuestiones de derecho, y el tribunal de apelaciones puede abrir el caso para recibir pruebas nuevas.
A pesar de sus diferencias, ambos sistemas, el de derecho consuetudinario y el de derecho basado en la tradici・ romana, tienen como objetivo la adjudicaci・ justa, r・ida y econ・ica de las disputas.
Los tribunales norteamericanos se han tornado particularmente sensibles en los a・s recientes a la necesidad de reevaluar continuamente sus procedimientos con el fin de mejorar la calidad de la justicia. Como consecuencia de estos esfuerzos, existen en Estados Unidos muchos otros aspectos de actividades judiciales. Estas abarcan desde mecanismos alternativos de resoluci・ de disputas (incluso el arbitraje y la mediaci・) a medios procesales como el juicio por no comparecencia y el juicio sumario, que los jueces utilizan para decidir los casos en sus etapas iniciales, sin necesidad de pasar a un juicio formal.
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