ESTRUCTURA DEL COMERCIO ELECTRONICO MUNDIAL
El 1 de julio de 1997, Estados Unidos public?un informe sobre el
comercio electr・ico mundial en el que se establecen los
principios
generales para una zona mundial de libre comercio en la Internet.
Entre los principios consignados en el informe "Estructura del
comercio electr・ico mundial" figuran los siguientes:
RESUMEN DEL INFORME SOBRE EL COMERCIO ELECTRONICO
En el curso de los pr・imos diez a・s,
Internet puede llegar a ser el veh・ulo comercial m・ activo de
Estados Unidos y crear millones de empleos muy bien remunerados.
Adem・, el sistema de compras a trav・ de la Internet puede
revolucionar el comercio minorista al permitir al consumidor
adquirir, desde su propio hogar, una variedad de productos y
servicios de todo el mundo.
No obstante, la falta de una estructura jur・ica previsible en la
Internet que regule las transacciones y el temor de que los
gobiernos impongan reglamentaciones e impuestos que sofoquen esta
modalidad de comercio, hace que muchas empresas y consumidores se
muestren recelosos a realizar negocios de envergadura por v・
electr・ica.
El informe sobre Estructura del Comercio Electr・ico esboza el
plan
del gobierno para fomentar las transacciones comerciales a trav・
de redes electr・icas y la confianza del consumidor en el uso de
dichas redes con fines comerciales. El documento refleja
extensas
consultas realizadas con la industria, grupos de consumidores y
la
comunidad de la Internet.
El documento presenta cinco principios que conforman la labor del
gobierno en apoyo de la evoluci・ del comercio electr・ico y
formula recomendaciones respecto a nueve sectores fundamentales
en
los que es necesario el esfuerzo internacional para mantener la
Internet como medio no regulatorio en el que la competencia y la
elecci・ del consumidor configuren el mercado. Con respecto a
estos sectores, el documento designa organismos principales del
gobierno de Estados Unidos y recomienda foros internacionales
para
la consideraci・ de cada tema.
PRINCIPIOS
Los principios descritos anteriormente conforman las
recomendaciones siguientes:
1. Aranceles y tributaci・. Se debe declarar la
Internet zona libre de barreras arancelarias siempre que se use
para proporcionar productos y servicios. La Internet es un medio
realmente mundial, y todos los pa・es se beneficiar・ del
comercio
libre de barreras que se realice a trav・ de ella.
No se debe gravar con nuevos impuestos el comercio a trav・ de la
Internet. Los impuestos vigentes que se aplican al comercio
electr・ico deben ser homog・eos en todas las jurisdicciones
nacionales y subnacionales y f・iles de comprender y administrar.
Los gobiernos estatales y municipales deben cooperar para
establecer un m・odo sencillo y uniforme de tributaci・ del
comercio electr・ico basado en principios vigentes de
tributaci・.
2. Sistemas de pago electr・ico. El ambiente
comercial y tecnol・ico de los pagos electr・icos evoluciona
r・idamente, lo que dificulta la formulaci・ de una pol・ica que
sea al mismo tiempo oportuna y apropiada. Esto hace que las
reglamentaciones y normas muy prescriptivas sean inapropiadas y
potencialmente nocivas. A corto plazo, la vigilancia de los
experimentos de pago electr・ico, caso por caso, es preferible a
la
reglamentaci・.
3. C・igo comercial uniforme para el comercio
electr・ico. En general, las partes deben estar en libertad
de
realizar transacciones en la Internet con arreglo a los t・minos
y
las condiciones que acuerden mutuamente. No obstante, la empresa
privada y los mercados libres han prosperado de forma
caracter・tica donde existen principios jur・icos previsibles y
ampliamente aceptados en apoyo de las transacciones comerciales.
Estados Unidos apoya la elaboraci・ de un c・igo de comercio
internacional uniforme para facilitar el comercio electr・ico.
Dicho c・igo deber・ alentar el reconocimiento gubernamental de
los
contratos electr・icos, promover el establecimiento de normas
internacionales homog・eas para la aceptaci・ de firmas
electr・icas y otros procedimientos de autenticaci・, promover el
establecimiento de mecanismos de resoluci・ de controversias en
las
transacciones comerciales internacionales, establecer normas
generales previsibles para el riesgo de la responsabilidad legal,
y agilizar el uso de registros electr・icos.
4. Protecci・ de la propiedad intelectual. El
comercio en la Internet con frecuencia entra・r?la venta y
concesi・ de licencias de propiedad intelectual. Para promover
el
comercio electr・ico, los vendedores deben saber que su propiedad
intelectual no les ser?robada y los compradores deben saber que
adquieren productos aut・ticos. Por consiguiente, una clara y
eficaz protecci・ de los derechos de autor, patentes y marcas de
f・rica o comercio es necesaria como protecci・ contra la
pirater・
y el fraude.
Se deben ratificar los tratados sobre protecci・ de los derechos
de
autor negociados recientemente en la Organizaci・ Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI). Las cuestiones de responsabilidad
por infracci・, aplicaci・ de la doctrina de uso leal y la
limitaci・ de los ardides para neutralizar los mecanismos de
protecci・ de los derechos de autor se deben resolver de una
manera
equilibrada, compatible con las obligaciones internacionales.
El gobierno estudiar?la necesidad de proteger elementos de los
bancos de datos que no re・an las condiciones para disfrutar de
la
protecci・ del derecho de autor y, en los casos en que se
necesite
dicha protecci・, c・o asegurarla, y recabar?la opini・ p・lica
al
respecto.
El gobierno promover?la labor mundial destinada a ofrecer una
protecci・ adecuada y eficaz a los productos de importancia para
el
establecimiento de la Infraestructura Mundial de la Informaci・,
susceptibles de ser patentados, y establecer normas para
determinar
la validez de las reclamaciones de patente.
El gobierno tambi・ trabajar?en el ・bito mundial para resolver
los conflictos suscitados por los diferentes tratamientos
nacionales de las marcas de f・rica o comercio relacionados con
la
Internet. Tal vez se pueda establecer un r・imen autorregulador
sobre una base contractual que se ocupe de los posibles
conflictos
entre la explotaci・ de la identificaci・ electr・ica y la
legislaci・ sobre marcas de f・rica o comercio a escala mundial.
El gobierno examinar?el sistema de asignaci・ de
identificaciones
electr・icas con objeto de establecer un sistema m・ competitivo
basado en el mercado y, en el proceso, tratar?de fomentar el
gobierno de abajo hacia arriba en la Internet.
5. Intimidad personal. Es esencial garantizar la
intimidad personal en el ambiente de la red para que el p・lico
se
sienta c・odo al efectuar transacciones en este nuevo medio.
Los encargados de recopilar datos deben decirles a los
consumidores
qu?informaci・ est・ recogiendo y c・o se proponen usarla. Los
consumidores deben disponer de opciones significativas con
respecto
a la utilizaci・ y reutilizaci・ de su informaci・ personal. Los
padres deben poder decidir si se recoge informaci・ personal
sobre
sus hijos o no. Adem・, deben existir recursos para los
consumidores que resulten perjudicados por el uso o la
divulgaci・
indebidos de informaci・ personal, o si se adoptan decisiones
basadas en informaci・ personal inexacta, anticuada, incompleta o
no pertinente.
El gobierno apoya la labor que lleva a cabo el sector privado
para
establecer reg・enes de protecci・ de la intimidad personal
significativos, de uso f・il y autorreguladores. Entre ellos
est・
los mecanismos para facilitar el conocimiento y el ejercicio de
la
elecci・ por v・ electr・ica; la adopci・ por el sector privado
de
pr・ticas leales de informaci・, as?como su adhesi・ a ellas; y
la
resoluci・ de controversias. El gobierno colaborar?con la
industria y los defensores de la intimidad personal para buscar
soluciones apropiadas a las cuestiones de tal intimidad que
pudieran no ser atendidas plenamente por la industria mediante la
autorregulaci・ y la tecnolog・.
6. Seguridad. La Infraestructura Mundial de la
Informaci・ debe ser segura y digna de confianza. Si los
usuarios
de la Internet no est・ convencidos de que sus comunicaciones y
datos est・ a salvo de intercepci・ y modificaci・, no es
probable
que, usualmente, utilicen la Internet para el comercio. El
gobierno, en asociaci・ con la industria, est?adoptando medidas
para promover el establecimiento de una infraestructura p・lica
esencial impulsada por el mercado que permita confiar en la
criptograf・ y ofrezca las salvaguardias que necesiten los
usuarios
y la sociedad.
7. Infraestructura de telecomunicaciones y tecnolog・
inform・ica. El comercio electr・ico mundial depende de una
red moderna, ininterrumpida y mundial de telecomunicaciones y de
los "aparatos inform・icos" que lo conectan a ella. En
demasiados
pa・es, las pol・icas de telecomunicaciones entorpecen el
establecimiento de redes digitales modernas. Estados Unidos
trabajar?en el ・bito internacional para eliminar las barreras a
la competencia, la opci・ del cliente, los precios m・ bajos y
los
servicios mejorados.
8. Contenido. El gobierno insta a la industria a
la
autorregulaci・, la adopci・ de sistemas competitivos de
clasificaci・ de contenido, y la creaci・ de instrumentos
tecnol・icos eficaces y de uso f・il (por ejemplo, tecnolog・s de
filtraci・ y bloqueo) para permitir a los padres y a otros
bloquear
el contenido inapropiado para los ni・s.
El gobierno procurar?concertar acuerdos con nuestros socios
comerciales para eliminar regulaciones de contenido excesivamente
onerosas que generan barreras no arancelarias.
9. Normas t・nicas. El mercado, no los gobiernos,
debe determinar las normas t・nicas y otros mecanismos para la
operaci・ rec・roca en la Internet. La tecnolog・ est?
adelantando
r・idamente, y lo ・ico que se logra con los intentos de los
gobiernos de restablecer normas t・nicas para regular la Internet
es correr el riesgo de obstaculizar la innovaci・ tecnol・ica.
COORDINACION
El gobierno continuar?coordinando su modo de abordar el comercio
electr・ico. El equipo interdepartamental que elabor?la
estructura
y el plan mencionados anteriormente seguir?reuni・dose para
actualizar el plan y facilitar su puesta en pr・tica a medida que
se desarrollen los acontecimientos.
Informaci・ general sobre el memorando del presidente a los jefes
de departamentos y organismos.
El presidente ha hecho p・lico hoy un memorando dirigido a los
jefes de todos los departamentos y organismos ejecutivos en el
que
les encomienda poner en pr・tica el plan presentado en la
Estructura del Comercio Electr・ico Mundial.
El memorando comienza por encargar a los funcionarios de los
departamentos ejecutivos que apliquen los cinco principios
b・icos
de la estructura a todas las medidas que adopten con respecto al
comercio electr・ico. Estos principios establecen la necesidad
de
que la Internet funcione como ambiente impulsado por el mercado,
con m・ima reglamentaci・ gubernamental, y se rija por una serie
de
normas homog・eas a trav・ de fronteras estatales, nacionales e
internacionales.
El memorando enumera 13 objetivos concretos y designa
funcionarios
competentes del poder ejecutivo para dirigir la labor del
gobierno
destinada a lograr dichos objetivos. En algunos casos, el
memorando encomienda a los funcionarios del poder ejecutivo
alcanzar objetivos espec・icos en el curso de los pr・imos 12
meses.
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