El plan de acci・ nacional de la Conferencia de
Alcaldes de Estados Unidos para reducir el consumo de drogas en
las
ciudades dice que se debe hacer el mismo hincapi?en las medidas
para reducir la oferta y la demanda. El 21 de mayo de 1997, los
alcaldes, con sus jefes de polic・ y fiscales asociados, le
presentaron al presidente Bill Clinton un informe en el cual se
hace hincapi?en la necesidad urgente de contrarrestar la
proliferaci・ de metanfetamina, una droga sumamente adictiva que
puede desatar comportamiento violento. Los alcaldes tambi・
dicen
que las drogas ilegales deber・n ser declaradas uno de los
intereses principales de la pol・ica exterior de Estados Unidos.
La Conferencia de Alcaldes es una organizaci・ oficial sin
afiliaci・ pol・ica partidista que representa a los alcaldes de
m・
de 1.000 ciudades de Estados Unidos que tienen una poblaci・ de
30.000 o m・ habitantes. La conferencia ha asumido una postura
de
liderazgo nacional al urgir pronta atenci・ a los problemas
urbanos
graves y exigir soluciones. Sus posiciones oficiales de pol・ica
son presentadas al presidente y a las dos c・aras del
Congreso.
Un Plan de Acci・ Nacional para Controlar las
Drogas
Para controlar las drogas ilegales en
esta naci・, se debe dar igual importancia a la reducci・ de la
oferta y a las medidas para reducir la demanda. El nivel actual
de
actividad policial contra las drogas debe mantenerse y deben
aumentarse las actividades de reducci・ de la demanda. La
prevenci・, la educaci・, las sanciones de tratamiento para el
consumo de drogas y las pruebas para detectar el consumo de
drogas
deben ser considerados como partes de una estrategia eficaz de
reducci・ de la demanda.
1. Nuestra primera prioridad debe ser llegar a los j・enes
de Estados Unidos y convencerlos de que no usen drogas.
- Los padres deben participar en este esfuerzo. Debe
ayud・selos a comprender su responsabilidad de proporcionar apoyo
y gu・ para desalentar el consumo de drogas o alcohol por parte
de
sus hijos. Los padres tambi・ deber・n comprender que pueden ser
declarados legalmente responsables de las acciones de sus hijos.
- Los ni・s cuyos padres no est・ presentes o no pueden
cumplir
sus responsabilidades plantean un desaf・ especial que debe ser
atendido por otros miembros de la familia u otras personas en la
comunidad.
- Los padres que han desarrollado sus propios problemas de
consumo de sustancias qu・icas o toleran el consumo de drogas en
sus hogares no cumplen con sus responsabilidades como padres y
debilitan los esfuerzos de todos los dem・ en la comunidad para
llegar a los ni・s con mensajes eficaces contra las drogas.
- Se deber・ alentar a las empresas a tener pol・icas
"amistosas
hacia la familia" que ayuden, y no obstaculicen, el proceso de
criar a los ni・s. Ejemplos de esto son la provisi・ de cuidado
infantil en el lugar de trabajo y pol・icas flexibles en cuanto a
ausentarse del trabajo.
- A nivel local tanto como a nivel nacional, debe emplearse
modelos de comportamiento personal apropiados para ayudar a
llegar
hasta los j・enes y motivarlos con mensajes claros y enf・icos
contra las drogas y la violencia. Debe reclutarse m・
activamente
a los artistas del mundo del espect・ulo y deportistas que est・
dispuestos a pronunciarse contra las drogas y la violencia a fin
de
contrarrestar los mensajes que a favor de las drogas la industria
del espect・ulo sigue difundiendo. Deber・ formarse una
asociaci・
con los medios de comunicaci・ social a fin de eliminar el
"encanto" de la presentaci・ de las drogas y de la violencia.
- Una campa・ de publicidad que muestre a las v・timas reales,
no a los modelos generalizados de las v・timas, incrementar・ la
comprensi・ y la sensibilidad del p・lico con respecto a las
consecuencias del consumo de las drogas. Deber・ apoyarse la
campa・ de prensa propuesta por la administraci・ (Clinton) para
ayudar a los j・enes de Estados Unidos a rechazar las drogas
ilegales, el alcohol y el tabaco.
- Los sistemas escolares deber・n reconocer y detener el
consumo
de drogas, las ventas de drogas y la violencia en las escuelas y
en
sus inmediaciones. Es cr・ico que los estudiantes reconozcan que
sus escuelas no son indiferentes y que no tolerar・ el consumo de
drogas. Deber・ formarse una asociaci・ entre las escuelas, la
comunidad y la polic・ para crear escuelas libres de drogas y
violencia en las cuales no se impida el aprendizaje. Deber・n
incorporarse al programa de cada escuela campa・s de prevenci・
contra las drogas y la violencia. Debido al tiempo que los ni・s
pasan en ellas, las escuelas brindan un veh・ulo valioso para
llegar a los j・enes con mensajes contra las drogas.
- Si se espera que los j・enes rechacen las drogas, debe
ponerse
a su disposici・ una gama de opciones positivas, como
oportunidades
recreativas y de empleo.
2. El consumo de drogas no se reducir?en este pa・ sin
recursos adecuados para el tratamiento.
- El tratamiento da resultados y representa una buena
inversi・.
El estudio de Evaluaci・ Nacional de Mejora del Tratamiento de
1996
determin?que el tratamiento reduce el consumo de drogas. Los
clientes informaron haber reducido el consumo de drogas en un 50
por ciento en el a・ siguiente al tratamiento. El estudio
determin?que todos los tipos de tratamiento pueden ser eficaces;
que la actividad delictiva declina despu・ del tratamiento; que
la
salud mejora despu・ del tratamiento; y que el tratamiento mejora
el bienestar. La Conferencia ha sostenido desde hace mucho
tiempo
que deber・ extenderse el tratamiento a fin de que los servicios
continuos como la desintoxicaci・, estabilizaci・ y cuidado
posterior que incluye adiestramiento laboral y educaci・ est・
disponibles para todas las personas que los necesiten y soliciten
ayuda. La reducci・ de la demanda, incluso la prevenci・ y el
tratamiento, deben responder a las tendencias emergentes en
materia
de patrones y tendencias en el consumo de drogas. Tambi・
deber・
reconocerse que cuando se retiran las drogas de la vida de
alguien,
se las debe sustituir con actividades positivas alternativas.
- El tratamiento efectivo en relaci・ con el costo deber・
estar
m・ f・ilmente disponible, especialmente para las personas que
carecen de seguro m・ico y no se encuentran dentro del sistema de
justicia penal. Para quienes tienen seguro m・ico, las p・izas
deber・n cubrir el tratamiento por consumo de sustancias qu・icas
de la misma manera en que cubren otras formas de tratamiento
m・ico, y los planes de atenci・ m・ica administrada no deber・n
reducir la cobertura del tratamiento de consumo de sustancias
qu・icas. Deber・n ampliarse los reembolsos de Medicaid por
tratamiento relacionado con el consumo drogas para permitir a los
estados la opci・ de (a) cubrir el tratamiento --incluso
servicios
en hospitales, cl・icas de pacientes ambulatorios, instalaciones
residenciales y toda otra instalaci・ de tratamiento licenciada
por
el estado; y (b) proveer tratamiento a personas solteras que
llenen
los requisitos de tipo financiero as?como a mujeres embarazadas
y
familias. El financiamiento selectivo, siguiendo el modelo de
las
Areas de Alta Intensidad de Tr・ico de Drogas, deber・ ponerse a
disposici・ de las ・eas en las que hay tasas importantes de
adicci・ a las drogas y una insuficiencia correspondiente de
programas e instalaciones de tratamiento.
- Aun cuando las autoridades deber・n aprovechar plenamente el
hecho de que la amenaza de encarcelamiento puede motivar a un
individuo a participar en un programa de tratamiento y
completarlo
con ・ito, la meta deber・ ser que las personas obtengan el
tratamiento antes de que se enfrenten con esa amenaza, y
ciertamente antes de que entren en contacto con el sistema de
justicia penal.
- Las autoridades deber・n reconocer que todo contacto con el
sistema de justicia juvenil o penal es una oportunidad para
identificar a quienes consumen las sustancias qu・icas e
intervenir
mediante el an・isis para detectar el consumo de drogas y el
tratamiento.
- Deber・n establecerse tribunales para cuestiones de drogas
adicionales y proporcionarse financiamiento para la continuaci・
necesaria de los servicios de tratamiento. Hacen falta programas
de tratamiento que funcionen y que sean responsables y tengan los
fondos suficientes, as?como consecuencias inmediatas para
quienes
no cumplan con mantenerse libres de las drogas.
- El encarcelamiento deber・ concentrarse en la
rehabilitaci・,
especialmente para los j・enes, y para esto es esencial la
disponibilidad de tratamiento.
- Deber・n aumentarse los estudios sobre m・odos eficaces de
tratamiento, con atenci・ particular a los modelos para los casos
de adicci・ a la coca・a y la metanfetamina.
3. El aumento de la prevenci・ y el tratamiento debe ir
acompa・do de medidas en・gicas de aplicaci・ de la ley.
- La cantidad de agencias federales involucradas en el control
de drogas y la falta de un protocolo de comunicaci・ entre ellas,
as?como entre ellas y las polic・s locales, es claramente un
problema. Debe mejorar significativamente la cooperaci・ y la
coordinaci・ entre las diversas agencias federales de aplicaci・
de
la ley. Deber・ mejorar el procedimiento de compartir
informaci・
de inteligencia, nuevas tecnolog・s y ayuda t・nica entre los las
agencias federales de aplicaci・ de la ley y los departamentos de
polic・ locales.
- Se debe continuar aumentando la asociaci・ entre los niveles
federal, estatal y local. Deber・ crearse un sistema nacional de
datos que proporcione a todas las agencias policiales acceso a
informaci・ sobre pandillas callejeras y traficantes de drogas.
Para atender m・ en・gicamente el problema de las drogas, deber・
facultarse a las autoridades estatales y locales a invocar leyes
federales como parte de sus propias estrategias policiales.
- El Servicio de Impuestos Internos y otras agencias de
aplicaci・ de la ley deber・n aumentar el uso de leyes
impositivas
como parte de una estrategia nacional contra las drogas y
deber・n
usarlas para enjuiciar a los vendedores de drogas.
- Las autoridades federales deber・n asumir m・
responsabilidad
por el procesamiento judicial de delitos importantes relacionados
con las drogas y las cortes federales deber・n tomar muchos m・
casos importantes relacionados con las mismas. Cuando fuera
necesario, se deber・ establecer tribunales de drogas federales
separados.
- Deber・n hacerse m・ severas las sanciones de conformidad
con
el nivel de participaci・ del individuo en el tr・ico de drogas y
la gravedad del delito cometido. Deber・ haber un castigo m・
severo y definitivo para los traficantes de drogas de m・ alto
nivel.
- Se deber・n hacer m・ estrictas las leyes federales sobre
lavado de dinero y se las deber・ aplicar con m・ energ・. Para
disuadir el lavado de dinero, el Servicio de Aduanas deber・
aumentar la vigilancia de bienes y de dinero en efectivo que sale
del pa・.
- Deber・ aumentarse el financiamiento de la Agencia de
Control
de Drogas de Estados Unidos (DEA) y la administraci・ deber・
mejorar su coordinaci・ con los departamentos de polic・ locales.
La DEA deber・ proporcionar a los departamentos de polic・
locales
informaci・ con respecto a confiscaciones y arrestos cuando esas
actividades se planean para sus jurisdicciones.
- El Servicio de Inmigraci・ y Naturalizaci・ deber・ seguir
ampliando sus esfuerzos para arrestar y deportar a extranjeros
ilegales involucrados en el tr・ico de drogas en ・eas que no son
fronterizas.
4. Debe prestarse m・ atenci・ a la amenaza de la
metanfetamina, el uso de la cual est?claramente en evidencia en
los estados del oeste, con crecientes pruebas de su propagaci・
hacia el este.
- La metanfetamina es elaborada en M・ico y en Estados Unidos
usando ingredientes que est・ f・ilmente disponibles. El hecho
de
que la metanfetamina es f・il de distribuir, barata de producir y
comprar, altamente adictiva y puede desatar un comportamiento
violento entre los usuarios, subraya la urgente necesidad de
combatir este problema.
- Existe la necesidad inmediata de una campa・ nacional para
hacer que los oficiales de polic・ y funcionarios gubernamentales
de todos los niveles, el p・lico en general y los j・enes en
particular conozcan la amenaza de la metanfetamina. Deber・
educarse a la polic・, al personal de emergencias m・icas y a los
consejeros para situaciones de violencia familiar sobre los
peligros que presenta la metanfetamina.
- Deber・n apoyarse las iniciativas de la administraci・ para
combatir la propagaci・ de la metanfetamina.
- Deber・n examinarse y reforzarse donde sea posible las leyes
existentes que rigen la distribuci・ y regulaci・ de las
sustancias
qu・icas precursoras.
- Deber・n apoyarse las operaciones policiales dirigidas a los
traficantes de metanfetamina. Los organismos federales,
estatales
y locales deber・n trabajar juntos para coordinar las actividades
de entrenamiento y las operaciones conjuntas contra la
metanfetamina.
- Deber・n efectuarse estudios cient・icos para comprender los
patrones de comportamiento de los usuarios de metanfetamina y
atender las cuestiones de seguridad p・lica y del medio ambiente
relacionadas con la elaboraci・ de la droga.
5. Debido a que todos los segmentos de la comunidad deben
participar en las medidas para combatir el consumo de las drogas,
la funci・ del sector privado en la prevenci・ del consumo de
drogas y en la atenci・ del problema de las drogas en el lugar de
trabajo deber・ expandirse grandemente.
- Los empleadores tanto del sector p・lico como privado
deber・n
asegurarse de que sus lugares de trabajo est・ libres de drogas.
- Los empleadores deber・n poner los programas de ayuda a los
empleados, incluso los de tratamiento en casos de consumo de
drogas, a disposici・ de los trabajadores que admitan
voluntariamente que tienen un problema de drogas y solicitan
ayuda.
6. Deber・n fortalecerse y simplificarse las actividades
de
control de drogas y el sistema intergubernamental mediante el
cual
operan.
- La Oficina de Pol・ica Nacional de Control de Drogas deber・
ser reautorizada y deber・n reforzarse significativamente las
funciones del director. El director deber・ tener autoridad
clara
sobre las actividades contra las drogas de las m・ de 50 agencias
federales involucradas en el control de drogas, y esos organismos
deber・n mejorar la coordinaci・ de sus esfuerzos. Deber・
aumentarse la visibilidad de la Oficina y ampliarse el n・ero de
personal a la extensi・ necesaria para cumplir con su misi・.
- Deber・n reestructurarse las fuentes de financiamiento
federal
para los programas estatales y locales contra las drogas para que
respondan m・ a las necesidades locales y proporcionar por lo
menos
una porci・ de los fondos directamente a los gobiernos locales.
El
programa federal COPS (Servicios Policiales Orientados hacia la
Comunidad) sirve como modelo para canalizar fondos directamente
al
nivel de gobierno responsable por la actividad, donde la
necesidad
es m・ grande. M・ a・, todos los fondos suministrados a los
organismos locales deben ser dirigidos al funcionario apropiado
del
gobierno local, el funcionario que debe tener conocimiento y
responder a las necesidades en toda la comunidad. Los resultados
de la legislaci・ general contra las drogas decretada y
sancionada
hace diez a・s han sido mixtos en el mejor de los casos. El
impacto de estos programas federales en las ciudades no es claro,
ya que los fondos van a los estados como subsidios en bloque y se
usan principalmente a discreci・ del gobernador y de otros
funcionarios del estado.
7. Las drogas ilegales deber・n ser declaradas uno de los
intereses principales de pol・ica exterior de la naci・, y
deber・
negarse ayuda a todo pa・ de origen de estas drogas ilegales que
no
coopere satisfactoriamente en detener sus exportaciones ilegales
a
nuestra naci・.
- Deber・ certificarse a los pa・es conforme a su cooperaci・
con las medidas de Estados Unidos contra las drogas y, cuando sea
apropiado, deber・ negarse la ayuda a los pa・es de origen que no
cooperan satisfactoriamente.
- Deber・ alentarse a los gobiernos extranjeros a que
fortalezcan y hagan cumplir m・ en・gicamente sus leyes y
pol・icas
para reducir el lavado de dinero y otros delitos financieros.
- Deber・n fortalecerse las medidas de interceptaci・ y
anticontrabando de las agencias federales a fin de defender
nuestras fronteras terrestres, mar・imas y a・eas contra la
penetraci・ de los traficantes de drogas.
Cuestiones
Mundiales
Publicación Electrónica del USIS,
Vol. 2, No. 3, Julio de 1997