Por Harold C. Wegner, ex catedr・ico de Derecho y director del Programa
sobre Leyes de Propiedad Intelectual de la Facultad de Derecho
de la Universidad George Washington y miembro de Foley & Lardner
Los r・idos avances en el campo de la biotecnolog・ han generado interrogantes sobre la protecci・ de los derechos de propiedad intelectual y el posible conflicto que pueden provocar quienes pretendan usar ampliamente estos nuevos avances. "El reto que enfrenta la sociedad es favorecer las ciencias de la agricultura sin poner en peligro los derechos de propiedad intelectual, garantizando por lo tanto una mayor seguridad alimentaria para las econom・s emergentes", afirma Harold C. Wegner. En su art・ulo analiza algunos de los aspectos legales m・ importantes en la protecci・ de la propiedad intelectual y los modernos avances en el campo de la biotecnolog・.
La persistencia del hambre y su inseparable hermano, la pobreza extrema, presentes en muchas de las econom・s en desarrollo, no tiene perd・ hoy en d・ debido a los grandes avances en la producci・ de alimentos con empleo de la biotecnolog・ agr・ola. Por ejemplo, el gen del trigo Norin 10, gen・icamente manipulado, ha ayudado a que pa・es como India y Paquist・ aumenten 60 por ciento su producci・ de trigo. De modo parecido, los cient・icos de Costa Rica han creado un tipo de arroz, con la modificaci・ gen・ica, que ayudar?no s・o a los costarricenses sino a la India, Vietnam, Jap・ y a otros pa・es tambi・ arroceros. La biotecnolog・ promete cosechas que no s・o generar・ sus propios insecticidas para crear productos sin enfermedades, sino tambi・ plantas con genes que dar・ contenidos con mayor valor nutritivo, que se mantendr・ frescos durante m・ tiempo sin pudrirse.
Los avances logrados con alimentos manipulados gen・icamente est・ d・dose en un marco patrimonial en el que productos y procesos biotecnol・icos son patentados y su acceso al p・lico restringido por la ingente inversi・ del sector privado. ・caso Costa Rica debe tener los derechos exclusivos del nuevo arroz que ha creado o debe compartirlos libremente con otros pa・es? El nudo es ・ui・ es propietario de los derechos de la naturaleza y de lo que la misma naturaleza produce?
No hay una respuesta f・il. El reto que enfrenta la sociedad es fomentar las ciencias de la agricultura sin poner en peligro los derechos de propiedad intelectual, garantizando por lo tanto una mayor seguridad alimentaria para las econom・s emergentes. El objetivo del presente art・ulo es plantear interrogantes que los encargados de las pol・icas y los tribunales deben abordar, cuyo resultado tendr?gran impacto en los avances y el comercio de los productos biotecnol・icos.
Fomentar la Inversi・ Biotecnol・ica
El incentivo es de importancia vital para cualquier innovaci・ que requiere grandes desembolsos de dinero y aporte intelectual. Al sacar un producto, manipulado biol・icamente, del laboratorio y llevarlo al campo para cultivarlo en escala comercial ha de tenerse extremo cuidado en las pruebas para verificar que la seguridad del medioambiente y otros factores no se vean afectados al poner en los pastizales y campos del mundo algo manipulado en un laboratorio. Y, a pesar de ser enormemente caro y llevar mucho tiempo, es necesario hacer muchas pruebas cl・icas y de campo. El r・imen internacional sobre patentes se ve en medio de un debate, porque sin un efectivo r・imen internacional de patentes no existe, desde un punto de vista realista, ninguna posibilidad de que el sector privado invierta los importantes recursos que se necesitan para avanzar en el campo de ingenier・ gen・ica.
Sin una protecci・ de patentes que excluya a otros por un per・do limitado de tiempo, un producto ser・ f・ilmente duplicado por cualquiera en cuanto saliera al mercado. Esto es particularmente cierto con invenciones "vivientes". De haber en el mercado una nueva variedad de arroz, todo lo que se necesitar・ para copiar el invento y competir con el creador original, ser・ una peque・ inversi・ para producir una cantidad m・ica de semillas y luego recolectar las semillas de la nueva cosecha. Es evidente que si el creador original de la cosecha manipulada gen・icamente no puede tener una ventaja competitiva ・・de estar・ el incentivo para invertir los millones de d・ares necesarios para desarrollar y comercializar un producto gen・icamente manipulado? La realidad es que sin un r・imen de patentes, habr・n menos productos nuevos con posibilidad de mejorar la condici・ humana.
・ Qui・ Pertenece un Invento?
Por otra parte, ・ebe concederse una patente por algo que se encuentra en la naturaleza? Es f・il imaginarse los gritos de protesta si alguien que se adentrara en una selva, halla una hoja con caracter・ticas medicinales especiales e intenta luego conseguir una patente de esa hoja. ・u・ fue el "invento" del hombre? Si la hoja ya es conocida como una medicina nativa, no hay nada que patentar. Para que algo se pueda patentar, ese algo tienen que ser "nuevo". Si alguien descubriera que un extracto purificado de la hoja tiene caracter・ticas medicinales, el extracto puede patentarse. Y esto est?claro con el caso del aislamiento, por el premio Nobel Sune Bergstrom, de la prostaglandina, tipo de mol・ulas que ayudan a controlar la presi・ sangu・ea. Bergstrom no "invent? la prostaglandina; fue el inventor de una prostaglandina "purificada" que no exist・ en la naturaleza.
Ahora bien, aunque claramente se decidiera que tal persona es el "inventor" de un tipo de hoja, ・ qui・ pertenece la invenci・? Un pa・ es libre para legislar los derechos de propiedad seg・ considera que se ajusten a los objetivos de su pol・ica nacional. Si el inventor trabaja para una compa骰a, en la mayor・ de los casos el derecho de patente pertenecer・ a la compa骰a en lugar del inventor.
Sin embargo, el simple descubrimiento del principio impl・ito en las caracter・ticas medicinales en la forma purificada de nuestra hoja no soluciona la cuesti・ de la propiedad de patentes. T・ese por ejemplo el caso de los esteroides. Hace varias d・adas los cient・icos descubrieron una mol・ula b・ica del esteroide, con su caracter・tico arreglo de anillos de carbono. Los cient・icos crearon esteroides sint・icos manipulando ciertas substancias qu・icas que permit・n introducir varios ・omos en la estructura molecular del esteroide. Cada modificaci・ sint・ica, sea en California o en Kioto, se considera una invenci・ por separado y no parte de la invenci・ original del esteroide sint・ico.
As?como el descubrimiento de la mol・ula b・ica del esteroide tiene un beneficio limitado para el propietario de la patente, el descubrimiento de un extracto purificado tiene un beneficio limitado para el inventor. El verdadero valor del descubrimiento recae sobre quienes aplican las modificaciones que generan productos necesarios e importantes. Dado que el conocimiento de la estructura del extracto purificado de esa hoja entra en el dominio p・lico como parte de la literatura cient・ica, (y dado que cualquiera puede usar esa estructura en investigaciones a・ cuando est?patentada), la ley de patentes brinda pocos beneficios al propietario de la patente de la "hoja", a no ser que la estructura de la hoja se mantenga en secreto. En ese caso, el propietario de la invenci・, sea un particular o una empresa, tendr?la ventaja del tiempo para identificar la estructura clave del extracto purificado de la hoja y conseguir patentes de esa estructura.
Transferencia de Tecnolog・
Es evidente que los inventos no pueden desarrollarse en todas partes. ・uede una compa骰a que tiene una patente para la estructura de la hoja conceder los derechos a otros pa・es? Como se mencion?antes, ello reducir・, y en la mayor・ de los casos eliminar・, el incentivo de crear el nuevo producto. Consid・ese, por ejemplo, la creaci・ en Latinoam・ica de una nueva l・ea de cultivos aplicable en Am・ica Latina, Jap・ y otros sitios. Si el inventor latinoamericano no ha explotado su invento en mercados extranjeros, otros pa・es pueden aprovecharse de la tecnolog・ dando ciertas compensaciones al inventor. Tales compensaciones pueden ser un buen ingreso por regal・s o un acuerdo para invertir recursos adicionales para mejorar la tecnolog・ inicial: las posibilidades son ilimitadas.
No todos los pa・es tienen recursos para comprar nueva tecnolog・. Este es campo id・eo para la intervenci・ de organizaciones internacionales de desarrollo e investigaci・, como el Grupo Consultivo para la Investigaci・ Agr・ola Internacional y el Banco Mundial. Estos grupos necesitan saber si deben invertir recursos adicionales para el desarrollo de productos manipulados gen・icamente que se compartan libremente entre las naciones m・ pobres.
Importancia de la Protecci・ de Patentes
Como resultado directo del acuerdo sobre comercio global de la Ronda de Uruguay que se llev?a cabo hace varios a・s, se establecieron normas m・imas para la protecci・ de las patentes y de la propiedad intelectual relativa, incluyendo normas para productos que resultaran de la manipulaci・ gen・ica. Tales normas son vitales, no s・o para proteger los productos provenientes de pa・es industrializados, sino tambi・ para incentivar la creaci・ y protecci・ de inventos provenientes de pa・es en desarrollo. Pa・es como India, con su amplia disponibilidad de cient・icos e ingenieros, est・ en buena situaci・ para aprovechar la protecci・ de las patentes. Brasil y China son ejemplo de pa・es que han progresado mucho tanto en la elaboraci・ y aplicaci・ de leyes modernas para patentes.
Aquellos pa・es que sigan la l・ea de China y Brasil se ver・ incentivados por un sistema de patentes que favorecer?la innovaci・. Los que no se modernicen con leyes firmes sobre patentes quedar・ al margen, por su falta de leyes efectivas en este campo, sin poder dar el marco legal para fomentar y alentar las innovaciones de la econom・ local.
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Nota: Las opiniones que se expresan en este art・ulo no reflejan necesariamente el punto de vista ni la pol・ica del Gobierno de los Estados Unidos.
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