TABLA COMPARATIVA DEL LAVADO DE DINERO

Fragmentos del Informe 2001 del Departamento de Estado
"Lavado de Dinero y Delitos Financieros"



Cada a・, funcionarios estadounidenses de las agencias responsables de actuar contra el lavado de dinero, se re・en para evaluar la condici・ del lavado de dinero en m・ de 175 jurisdicciones. El examen incluye una evaluaci・ del significado de las transacciones financieras en las instituciones financieras del pa・ examinado que implican ganancias procedentes de delitos graves, las medidas que se toman o dejan de tomarse para ocuparse de los delitos financieros y el lavado de dinero, la vulnerabilidad de cada jurisdicci・ al lavado de dinero, la conformidad de sus leyes y pol・icas con las normas internacionales, la efectividad con que ha actuado el gobierno y su voluntad pol・ica de emprender las acciones necesarias.

El INCSR 2000 (Informe sobre Estrategia del Control Internacional de Narc・icos) asign・prioridades a las jurisdicciones utilizando un sistema de clasificacion consistente en tres categor・s, tituladas Jurisdicciones de Inter・ Primario, Jurisdicciones de Inter・, y Otras Jurisdicciones Observadas.

Las prioridades del INCSR se basan en varios factores, que incluyen: (1) si las instituciones financieras del pa・ incurren en transacciones que involucran cantidades significativas de ganancias procedentes de delitos graves; (2) la medida en la cual la jurisdicci・ es o sigue siendo siendo vulnerable al lavado de dinero, no empece sus medidas contra el lavado de dinero, si hay alguna; (3) la naturaleza y alcance de la situaci・ del lavado de dinero en cada jurisdicci・ (por ejemplo, si involucra drogas u otro contrabando); (4) los modos en que Estados Unidos considera que la situaci・ tiene ramificaciones internacionales; (5) el impacto de la situaci・ en los intereses estadounidenses; (6) si la jurisdicci・ ha tomado medidas legislativas apropiadas para atender problemas espec・icos; (7) si hay falta de licenciamiento y supervisi・ de centros y empresas financieros en el extranjero; (8) si las leyes de la jurisdicci・ han sido aplicadas efectivamente; y (9) all・donde est・ involucrados intereses estadounidenses, el grado de cooperaci・ entre el gobierno extranjero y las agencias del gobierno de Estados Unidos. Hay aproximadamente dos docenas de subfactores que tambi・ se consideran.

Un gobierno (p.ej., Estados Unidos o el Reino Unido) pueden tener en sus c・igos leyes abarcadoras y llevar a cabo esfuerzos decididos contra el lavado de dinero, pero aun as・resultar clasificados como una jurisdicci・ de "Inter・ Primario". En algunos casos, esta clasificaci・ puede, en su totalidad o en gran medida, ser funci・ del tama・ de la econom・ de la jurisdicci・. En tales jurisdicciones es probable que el volumen del lavado de dinero sea substancial, lo que requiere de parte del gobierno esfuerzos r・idos, continuos y efectivos contra el lavado de dinero.

Las jurisdicciones de Inter・ Primario recibir・ de Estados Unidos, por lo tanto, atenci・ prioritaria. Si bien la amenaza que plantean las jurisdicciones clasificadas como de "Inter・" no es aguda, ・tas tambi・ deben emprender esfuerzos para desarrollar o mejorar sus reg・enes contra el lavado de dinero. Finalmente, aun cuando las jurisdicciones en la categor・ de "Otras" no plantean una preocupaci・ inmediata, ser・de todos modos importante vigilar en ellas la situaci・ del lavado de dinero porque, si las circunstancias son apropiadas, virtualmente cualquier jurisdicci・, de cualquier tama・, puede convertirse en un centro significativo de lavado de dinero.

Pa・es/Jurisdicciones de Inter・ Primario

Pa・es/Jurisdicciones de Inter・

Otros Pa・es/Jurisdicciones Observados

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Contenido - Perspectivas Econ・icas, Mayo de 2001
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