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El jefe de redacci・ David Pitts, relata la historia del proceso de redacci・ y aprobaci・ de la Declaraci・ Universal de los Derechos Humanos de la ONU.
Cuando la Comisi・ de Derechos Humanos de las Naciones Unidas celebr?su primera reuni・ en enero de 1947, en Nueva York, no hab・ seguridad alguna de ・ito. Su prop・ito era llevar a cabo una tarea que no se hab・ logrado nunca en toda la historia de la humanidad, la redacci・ de un declaraci・ universal de derechos humanos para todos los hombres, mujeres y ni・s del planeta.
Desde un principio los asistentes estaban conscientes de que la tarea no ser・ f・il. Diferencias en ideolog・, cultura e historia divid・n incluso a pa・es con sistemas econ・icos y sociales similares. Con todo, hab・ unidad en cierto sentido. Todos compart・n una profunda repugnancia moral por las consecuencias de la guerra recientemente terminada, la p・dida colosal calculada en 50 millones de vidas.
En mitad del siglo XX, en pleno coraz・ de Europa, uno de los estados m・ avanzados del mundo se hab・ propuesto extinguir aun los derechos humanos m・ elementales y, por un tiempo, con sus socios del Eje, logr?hacerlo en extensas ・eas del mundo. Ese hecho, m・ que cualquiera otro, hizo que todos los que se reunieron en Nueva York en el invierno de 1947 tomaran la determinaci・ de salir adelante. Una declaraci・ universal de derechos humanos era la meta clara e inequ・oca.
En 1941, a・ antes de que concluyera la II Guerra Mundial, el deseo de que se reconocieran mundialmente derechos humanos inalienables hab・ tomado fuerza -- en la Carta del Atl・tico y, unos pocos meses antes, en el discurso Cuatro Libertades del presidente de Estados Unidos, Franklin Delano Roosevelt ante el Congreso. En Gran Breta・, el primer ministro Winston Churchill hizo eco de la opini・ del presidente estadounidense declarando que una victoria aliada se・lar・ la "entronizaci・ de los derechos humanos". En todas partes del mundo los pueblos colonizados llegaban a la conclusi・ de que la libertad y los derechos humanos no eran simplemente propiedad exclusiva de los europeos y estadounidenses, sino de todos los hombres y mujeres en todas partes del mundo.
Mientras el mundo comenzaba a pensar de una nueva forma en conceptos fundamentales tales como la libertad y la justicia, los juicios por cr・enes de guerra en Nuremberg y Tokio establec・n firmemente el precedente de que los transgresores de derechos humanos deb・n rendir cuentas y que se requer・n mecanismos claros y precisos para proceder con los responsables de delitos contra los derechos humanos, particularmente cuando ・tos tienen lugar a escala masiva, bien sea en ・oca de guerra o fuera de ella.
La Carta de las Naciones Unidas, aprobada en 1945, fij?la meta de "promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de toda persona, sin distinci・ alguna de raza, sexo, idioma o religi・". Los gobiernos tuvieron una funci・ b・ica en la redacci・ de la Carta, pero no es tan bien conocido el hecho de que tambi・ la tuvieron las organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos humanos -- m・ de 1.300 de ellas, seg・ una fuente.
Aunque la Carta de las Naciones Unidas dio a los derechos humanos un nuevo estado jur・ico internacional, la misma no incluy? espec・icamente una declaraci・ internacional de derechos, como lo quer・n muchos proponentes. Esa tarea fue asignada a la Comisi・ de Derechos Humanos.
Los contribuyentes
Una figura clave en la evoluci・ de la Declaraci・ Universal fue Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin Roosevelt, quien hab・ muerto en 1945. Roosevelt fue designada la primera representante de Estados Unidos ante la Comisi・ por el sucesor de su esposo, el presidente Harry Truman.
En todo respecto, Roosevelt tuvo bastante autonom・ en la formulaci・ de la pol・ica estadounidense en cuanto a la redacci・ del documento. "De hecho, la se・ra Roosevelt fij?la pol・ica", escribe Joseph Lash en su libro Eleanor: The Years Alone (Eleanor: Los a・s sola). "Hab・ sido nombrada por el presidente, era una mujer de importancia mundial y el Departamento de Estado estaba ansioso de hacer lo que ella quisiera". Quiz?debido a su reputaci・, no s・o en Estados Unidos sino en todo el mundo, los delegados a la Comisi・ un・imemente la eligieron su presidenta.
Como relator dentro de la Comisi・, Malik tuvo una funci・ clave, particularmente en lo que se refiere a la redacci・ del proyecto final. Los dem・ delegados reconocen que Malik impuls?la creaci・ de un documento s・ido.
Chang, uno de los vicepresidentes de la Comisi・, represent?con voz potente a las naciones asi・icas, a las que preocupaba que la Declaraci・ fuera a reflejar una visi・ demasiado estrecha de miras de los derechos humanos. "Deben incorporarse las ideas de Confucio as?como las de Tom・ de Aquino", dijo. Adem・ se atribuye a Chang la soluci・ de numerosas dificultades insuperables en el proceso de negociaci・.
La secretar・ de la ONU apoy?la labor de la Comisi・ y del Comit? de redacci・ principalmente por medio de Humphrey. Entre sus numerosas contribuciones se encuentra la creaci・ de un plan maestro de 408 p・inas para la Declaraci・. Su esbozo demostr? ser de incalculable valor cuando comenz?el proceso de redacci・.
Cassin, el otro vicepresidente de la Comisi・, redact?el primer proyecto completo de Declaraci・, que conten・ gran parte del texto que m・ tarde ser・ incluido en el documento final.
Muchos de los otros representantes de m・ de 50 gobiernos participantes tambi・ desempe・ron funciones esenciales, especialmente en la etapa final. Con todo, seg・ expertos en la Declaraci・ Universal, los funcionarios de la ONU, con Eleanor Roosevelt a la cabeza, fueron en gran parte quienes convirtieron en una realidad el sue・ de una declaraci・ universal de derechos humanos, durante d・s y meses de arduas reuniones en 1947 y 1948. Su energ・, su visi・ y, en particular, su habilidad para conciliar los muchos puntos de vista opuestos fueron decisivos para el ・ito de la tarea.
Una tarea dif・il
Sin embargo, no fue tarea f・il. Hab・ fuertes diferencias entre los estados miembros en cuanto a los derechos de la mujer y las minor・s raciales, la libertad de religi・, el momento en que comienza la vida humana, el grado en que la libertad de expresi・ deb・ protegerse, el derecho a disentir y la funci・ de los derechos econ・icos y sociales.
Los desacuerdos m・ serios surgieron de la concepci・ enteramente diferente de Occidente y del bloque sovi・ico de los principios fundamentales de los derechos humanos como la libertad y la democracia. Roosevelt arg��a que no hab・ "verdadera libertad individual en la Uni・ Sovi・ica porque los derechos del individuo estaban subordinados al Estado".
Los representantes del bloque sovi・ico defend・n su posici・ sosteniendo que "el culto al individualismo" llevaba a la explotaci・ econ・ica y que los derechos econ・icos eran m・ importantes que los derechos pol・icos. "Esta declaraci・ debe elevar como modelo para toda la humanidad la figura del hombre libre, no la del esclavo bien alimentado", respondi?el delegado brit・ico durante un famoso intercambio. Diferencias fundamentales filos・icas e ideol・icas como ・tas conformaron los debates de la Comisi・ a medida que proced・ la redacci・ de la Declaraci・.
Los delegados representantes de los pa・es comunistas objetaron firmemente el curso que tomaban las deliberaciones de la Comisi・, algunas veces pronunciando discursos de ocho horas sin parar en un esfuerzo por guiar la redacci・ de la Declaraci・ seg・ sus puntos de vista. Como presidenta, Roosevelt les dio latitud considerable, pero, como record?en su autobiograf・, estaba decidida a completar la tarea para la Navidad de 1948. "Yo empujo duro y cuando llegue a casa estar?cansada y los hombres en la Comisi・ lo estar・ tambi・", dijo.
Adem・ de disputas sobre los art・ulos del documento, hab・ dos puntos de vista sobresalientes en cuanto a si ・te deber・ estar expl・itamente respaldado por la fuerza del Derecho Internacional. Un grupo, compuesto principalmente por pa・es m・ peque・s, cre・ que deber・ estarlo. El otro grupo, que inclu・ a Estados Unidos, estaba en favor de una declaraci・ de principios seguida en fecha posterior por convenios con fuerza de ley. Este ・timo grupo cre・ que ya era dif・il llegar a un acuerdo sobre una declaraci・ de derechos humanos y que insistir en disposiciones con fuerza de ley muy posiblemente demorar・ por a・s el acuerdo. Este punto de vista prevaleci?finalmente.
Hubo muchas altas y bajas durante los dos a・s de la negociaci・, pero Roosevelt y su equipo de verdaderos creyentes lograron su objetivo. En la madrugada del 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprob?la Declaraci・ Universal de los Derechos Humanos. De los 58 miembros representados en la sesi・, 48 votaron en favor, ninguno en contra, ocho se abstuvieron y dos estuvieron ausentes.
La Uni・ Sovi・ica y sus sat・ites constituyeron la mayor・ de las abstenciones; el representante sovi・ico dijo que la Declaraci・ hac・ demasiado hincapi?en "derechos del siglo XVIII" a expensas de derechos econ・icos. Arabia Saudita se abstuvo porque, en su opini・, la Declaraci・ ten・ una orientaci・ demasiado Occidental. Sud・rica, cuya larga pr・tica del apartheid comenz?ese mismo a・, tambi・ se abstuvo, arguyendo que la Declaraci・ encerraba un concepto amplio de los derechos humanos.
A pesar de las abstenciones, el voto en favor fue abrumador. Al dirigirse a la Asamblea General, Roosevelt subray?el valor trascendental de la Declaraci・:
Nos encontramos hoy ante un nuevo acontecimiento de gran alcance tanto en la vida de las Naciones Unidas como en la vida de la humanidad. Esta Declaraci・ puede muy bien llegar a ser la Magna Carta internacional de todos los hombres en todas partes del mundo. Esperamos que su proclamaci・ por la Asamblea General sea un acontecimiento comparable a la proclamaci・ de los Derechos del Hombre por el pueblo franc・ en 1789, la aprobaci・ de la Declaraci・ de Derechos por el pueblo de Estados Unidos y la aprobaci・ de declaraciones comparables en ・ocas diferentes en otros pa・es.La importancia del logro
El alcance de esta realizaci・ fue obvio para todos. Nunca antes en la historia del mundo la comunidad de naciones hab・ precisado con ・ito derechos y libertades espec・icos, no s・o para una naci・, no s・o para una categor・ de personas, sino para todos los pueblos, en todas partes y para siempre.
El art・ulo 1 de la Declaraci・ Universal sienta el tono para una amplia gama de derechos pol・icos, sociales y econ・icos que se establecen como ideal com・ por el que todos las nociones deben esforzarse: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y, dotados como est・ de raz・ y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".
A ra・ de la guerra m・ b・bara de la historia, el mundo hab・ finalmente aprobado una serie de principios que, seg・ se esperaba, pondr・ a la humanidad en un nuevo plano, en el cual se har・ responsables a las naciones por sus acciones, tanto internas como externas.
Con todo, como resoluci・ de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Declaraci・ Universal no ten・ fuerza de ley. Las resoluciones de la Asamblea son recomendaciones para los estados, no obligaciones firmes pero, como lo se・laron Jack Donnelly y Rhoda Howard en su International Handbook of Rights (Manual Internacional de Derechos), con el correr de los a・s "la Declaraci・ Universal ha llegado a ser algo m・ que una mera recomendaci・".
La Declaraci・ inspir?varias convenciones regionales de derechos humanos en Europa, Am・ica Latina y Africa e influy?en la composici・ de muchas de las constituciones de nuevos estados independientes que aparecieron en el escenario mundial en las d・adas de 1950 y 1960 y m・ tarde en la de 1990. Los antecedentes de disposiciones contenidas en unas 90 constituciones nacionales redactadas desde 1948 pueden encontrarse en la Declaraci・, seg・ el Instituto Franklin y Eleanor Roosevelt, con sede en Nueva York.
Las normas y preceptos contenidos en la Declaraci・ Universal se precisaron aun m・ en una serie de convenios, principalmente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol・icos y el Pacto Internacional de Derechos Econ・icos, Sociales y Culturales. Los convenios tienen fuerza de ley en los pa・es signatarios de los mismos, como fue la intenci・ de los arquitectos de la Declaraci・.
Contin・ la labor de la Comisi・
Cada a・ la Comisi・ de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la misma organizaci・ que presidiera Eleanor Roosevelt hace medio siglo, se re・e en Ginebra para evaluar el cumplimiento de las normas de derechos humanos por parte de los estados y hacer responsables a quienes las violan. Aunque las herramientas con que cuenta la Comisi・ para hacer cumplir la voluntad de la comunidad internacional han sido criticadas como inadecuadas por muchos defensores de los derechos humanos, la importancia de su capacidad para exponer a los transgresores de los derechos humanos al escrutinio p・lico no puede subestimarse.
Como dijo Geraldine Ferraro, representante de Estados Unidos ante
la Comisi・, de 1994 a 1996:
Nosotros, en la Comisi・, tenemos la obligaci・ de hacernos o・, tenemos la responsabilidad ante nuestros semejantes. Es preciso que se nos oiga. La nuestra es la voz de las v・timas, el ni・ que no tiene qu?comer, el ni・ forzado a cargar sobre sus hombros un arma de soldado, la ni・ que da a luz el hijo de quien la viol? la madre que vierte l・rimas porque no puede alimentar a su familia, el padre encadenado porque se atrevi?a decir lo que pensaba.Es as?como contin・ la labor de la Comisi・ y de otros organismos de la ONU encaminada a hacer de la Declaraci・ Universal una realidad. Lo mismo que la labor de los gobiernos que consideran sagrados sus principios, y la labor tambi・, en todas partes del mundo, de miles de organizaciones no gubernamentales, defensoras de los derechos humanos, que se inspiran en este documento cuyo quincuag・imo aniversario celebramos en diciembre de este a・.
Haga un click aqu?/A> para leer los recuerdos de tres mujeres sobre Eleanor Roosevelt y sus esfuerzos para lograr la aprobaci・ de la Declaraci・ Universal de los Derechos Humanos.
Temas de la
Democracia
Publicación Electrónica de USIS, Vol.
3, No. 3, octubre de 1998