LA LEY DE PROTECCION DEL DENUNCIANTE
Sr. Pitts: ・n qu?consiste la Ley de Protecci・ de Denunciantes de 1989 y porqu?se la promulg? Sr. Devine: Es un estatuto gubernamental que pone en pr・tica la protecci・ de la libertad de expresi・, estipulada en la Primera Enmienda, de los empleados que objetan una conducta que traiciona la confianza p・lica. La ley protege tambi・ las denuncias relacionadas con el abuso de autoridad, despilfarro grave, mala administraci・ o substancial y peligros espec・icos para la salud o la seguridad p・lica. El Congreso aprob?esta ley como parte de un mandato un・ime, bipartidario para lograr buen gobierno. De hecho sus principales patrocinadores indicaron que ・ta pudo haberse titulado, m・ acertadamente, "Ley de Protecci・ del Contribuyente". Lo cual explica porqu?la ley fue aprobada un・imemente en 1989 y luego consolidada, tambi・ un・imemente, en 1994. Rara vez el Congreso aprueba un・imemente una ley importante una vez, mucho menos dos veces. Sr. Pitts: ・n qu?forma se reforz?la ley en 1994? Sr. Devine: Las enmiendas de 1994 ampliaron el alcance de la ley y abrogaron los precedentes judiciales desfavorables que interpretaban esta legislaci・ en forma tal que amenazaba cancelar su viabilidad. Sr. Pitts: ・orqu?era necesaria tener esa ley cuando ya existe la Primera Enmienda de la Constituci・? Sr. Devine: La Primera Enmienda, que cobija a todos los ciudadanos, es la luz verde en cuestiones de libre expresi・ que afectan el gobierno. El Congreso, por medio de leyes, ha asignado normas m・ detalladas para la aplicaci・ de pr・ticamente todos los derechos constitucionales. Normalmente estos derechos son declaraciones generales de principios. Habitualmente contamos con el Congreso para que les de cuerpo, para que solidifique estos valores por medio de estatutos que establezcan par・etros m・ tangibles que los ciudadanos puedan confiar y cumplirlos. Y ese era el objetivo de la Ley de Protecci・ de Denunciantes: aplicar la Primera Enmienda donde afecta m・ con los empleados gubernamentales que quieren libertad para actuar como servidores p・licos, no como bur・ratas limitados a seguir ・denes. La ley se concentra en los derechos a la libertad de expresi・ de los empleados federales, pero tambi・ permite que ciudadanos privados o contratistas del gobierno presenten denuncias de conducta burocr・ica fraudulenta. Sr. Pitts: ・ay alguna categor・ de empleados federales excluida de la ley? Sr. Devine: Si. Los empleados de las entidades de inteligencia y de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI) est・ fuera de la protecci・ que ofrece esta ley, como lo est?el personal del Congreso y del sistema judicial. Sr. Pitts: ・or qu?se excluyeron esas categor・s? Sr. Devine: Los par・etros de la ley concuerdan con el alcance del sistema de la administraci・ p・lica y las normas propias de la v・ de derecho que han existido desde la d・ada de 1880 para empleados federales con el equivalente a la tenencia de un cargo en el escalaf・. Tradicionalmente se ha excluido a los empleados en las ramas judicial y legislativa de las normas y regulaciones de la Comisi・ de Administraci・ P・lica. En mi opini・, sin embargo, todos esos empleados deber・n incluirse en el campo de aplicaci・ de la Ley de Protecci・ de Denunciantes, ya que las obligaciones dentro de la administraci・ p・lica son tan fuertes, e incluso m・ imperiosas, que las del personal de organismos federales. Pero esos son los par・etros legales actuales. Sr. Pitts: ・uan eficaz ha sido esta ley desde su promulgaci・ y sus enmiendas posteriores? Sr. Devine: Probablemente la ley nunca ha sido m・ eficaz en t・minos del apoyo que recibe el Consejo de Protecci・ a Sistemas de M・ito que, seg・ la ley, que adjudica las audiencias administrativas. Ha demostrado un compromiso incondicional con los principios del sistema de m・itos que son la base de esta ley y los ha aplicado en forma imparcial, lo cual le ha ganado el respeto de todas las partes. Esta ley la administra tambi・ la Oficina del Asesor Legal Especial, que lleva a cabo investigaciones informales de presuntas violaciones del sistema de reconocimiento por m・ito. Desde 1998 esta oficina ha hecho importantes progresos, revirtiendo cuestiones con su credibilidad. Desafortunadamente la ley est?enfrentando probablemente la prueba m・ dif・il desde su creaci・, dada la implacable hostilidad en las interpretaciones judiciales por una corte que tiene monopolio en la revisi・, la Corte de Apelaciones del Circuito Federal. El Congreso est?considerando legislaci・ para abrogar otra vez precedentes insostenibles de ese tribunal y ampliar la revisi・ judicial para que estos incidentes no se repitan. Sr. Pitts: ・odr・ mencionar uno o dos ejemplos destacados del ・ito de esta ley? Sr. Devine: Un ejemplo de la influencia que puede tener la Ley de Protecci・ de Denunciantes es el caso de objeciones por mal cumplimiento del deber por el fallo de la Comisi・ Fiscalizadora Nuclear para hacer cumplir los requisitos de seguridad p・lica en instalaciones bajo construcci・. Las revelaciones hechas por denunciantes en una planta en Ohio, por ejemplo, llev?a la cancelaci・ de una instalaci・ nuclear casi terminada, porque se hab・n violado sistem・icamente las leyes de seguridad nuclear. Luego de intensas investigaciones, motivadas por las revelaciones de denunciantes, los propietarios convirtieron la planta en una instalaci・ a carb・ que actualmente funciona en forma segura. Otro ejemplo ser・ la defensa de empleados contra represalias. Un agente de polic・ en un hospital de la Administraci・ de Veteranos denunci?la conducta s・ica y racista contra los veteranos por parte del jefe de polic・ local. El jefe despidi?al agente de polic・ pero ・te ejerci?sus derechos e hizo que se anulara su despido. Eventualmente el jefe de polic・ perdi?su puesto y se le forz?a declararse culpable de una serie de felon・s en sus delitos. Esos son ejemplos de la manera en que esta ley permite que los empleados puedan comprometerse con la verdad y sobrevivir. En el Proyecto de Responsabilidad Gubernamental decimos que los empleados federales est・ comprometidos con la verdad cuando hacen denuncias porque a menudo se les trata como si hubieran cometido un crimen. Esos son dos ejemplos de la raz・ por la cual la gente corre esos riegos y del valor de sus acciones. Sr. Pitts: ・sta ley de Protecci・ de Denunciantes es el tipo de legislaci・ que podr・ funcionar igualmente bien en otros pa・es? Sr. Devine: Sin duda alguna, aunque el alcance y la naturaleza del desaf・ variar?enormemente. Los denunciantes son el factor humano que es el tal・ de Aquiles para la corrupci・ burocr・ica. Estos estatutos para la libre expresi・ son leyes del derecho a saber, no s・o por parte del p・lico, sino por los legisladores y los administradores de agencias responsables de mantener a las entidades sociales en funcionamiento y de defender sus mercados. En un sentido muy real, las leyes que protegen al denunciante son el nervio vital que permite a los administradores captar alertas oportunas de problemas lo que les permite una buena probabilidad de limitar el da・ antes de que ocurra un desastre evitable. El Consejo de Europa, por ejemplo, est?pidiendo a sus pa・es miembros que promulguen leyes de protecci・ para los denunciantes, dentro de su convenci・ contra la corrupci・. Y la Convenci・ Interamericana Contra la Corrupci・ estipula que los pa・es miembros de la Organizaci・ de los Estados Americanos (OEA) se preparen para adoptar legislaci・ sobre la protecci・ de los denunciantes, como escudo para quienes rinden testimonio contra la corrupci・. El GAP fue seleccionado por la OEA para ayudar a dise・r y propugn?en favor de la adopci・ de leyes modelo para la protecci・ de denunciantes en los pa・es miembros de la OEA. Este oto・ participaremos en un programa piloto en cinco pa・es de Am・ica Central con ese prop・ito. Sr. Pitts: ・u・ es su funci・ en el GAP y en qu?consiste la organizaci・? Sr. Devine: Como director jur・ico desempe・ la labor de experto en nuestra organizaci・ en derechos de los denunciantes y dirijo campa・s para fortalecer las leyes respectivas, adem・, superviso el conjunto de casos que tramitamos. El GAP ha existido desde 1977. Somos un grupo de inter・ p・lico independiente, sin fines lucrativos, dedicado a defender los derechos de los testigos que defienden al p・lico. Realizamos nuestra misi・ mediante asesor・ y representaci・ de individuos que est・ en el proceso de defenderse contra represalias, tal como lo hace un bufete regular de abogados, pero sin el factor lucrativo. Nuestra segunda funci・ es hacer investigaciones para ayudar a los denunciantes a cambiar las cosas mostrando los encubrimientos, buscando el cumplimiento de responsabilidades y corrigiendo los problemas denunciados por quienes ejercen sus derechos de libre expresi・. La tercera piedra angular de la labor de nuestra organizaci・ consiste en dirigir esfuerzos para crear y fortalecer las leyes sobre denunciantes a nivel estatal y local. El Congreso, por ejemplo, ha aprobado leyes para proteger a los empleados en las industrias nuclear y de transporte a・eo, de las cuales fuimos paladines con otros grupos. El cuarto pilar de la labor del GAP son las publicaciones sobre los derechos de los denunciantes: que pueden esperar los empleados cuando toman estos riesgos y la forma en que pueden tener una influencia considerable. Nuestras publicaciones incluyen desde libros hasta art・ulos acad・icos en revistas jur・icas. Por ejemplo, en 1997 publicamos una Gu・ de Supervivencia para el Denunciante: Valor sin Martirio, una gu・ jur・ica para empleados que resume sus opciones legales. Encierra 20 a・s de lecciones aprendidas en el GAP para que otros puedan evitar algunas de las penas por las que pasaron los pioneros que trabajaron con nuestra organizaci・. El a・ pasado publicamos un art・ulo b・ico que explica todos los recovecos de la Ley de Protecci・ de Denunciantes para la revista de derecho administrativo de la Asociaci・ Americana de Abogados. Quisiera regresar por un momento al punto acerca de si la protecci・ del denunciante puede funcionar y ser un factor significativo internacionalmente. No hay duda de que los pa・es en todo el mundo se est・ dando cuenta de que son indispensables los empleados que atestiguan en bien del p・lico. En los Pa・es Bajos a los denunciantes se les llama "campaneros", pues recuerdan a los que ta骰an las campanas de las iglesias cuando alg・ peligro amenaza la comunidad. En algunos pa・es se les conoce como guardafaros, cuyas alertas son similares a las se・les que avisan de rocas y lugares peligrosos que pueden hacer zozobrar las embarcaciones. El factor com・ es que estas son personas, por el motivo que sea, que ejercen su derecho de libre expresi・ para alertar al p・lico sobre amenazas a la sociedad. Son los pioneros del cambio. Son empleados que desaf・n la tradici・ convencional, bien sea en el campo cient・ico, pol・ico o de los negocios. Impiden que la sociedad se estanque. Y los beneficios de la denuncia en ning・ sentido se limitan a una cultura en particular o a un tipo de sistema pol・ico. La informaci・ es un pre-requisito esencial para el ejercicio responsable de la autoridad, no importa cu・ sea la ideolog・. Desde el a・ pasado nuestra organizaci・, conforme a esa visi・, ha venido ampliando su labor, de defensa en la esfera interna a la protecci・ internacional del denunciante. Lo que me lleva nuevamente a contestar su pregunta sobre la naturaleza de nuestro trabajo. En la arena internacional tenemos tambi・ cuatro piedras angulares en nuestros esfuerzos. La primera es suministrar asesor・ t・nica especializada a l・eres gubernamentales y del sector privado interesados en sembrar la semilla en sus pa・es. Hemos recibido solicitudes de asesor・ de Argentina, Australia, Canad? Corea del Sur, Eslovaquia, Gran Breta・, Rusia, Sud・rica y numerosas delegaciones auspiciadas por el Departamento de Estado han visitado Washington. En el seguimiento de una de estas visitas en septiembre haremos presentaciones en M・ico para demostrar que el gobierno puede actuar con su mandato contra la corrupci・. El segundo punto en el cual nos concentramos son las reuniones con representantes de organizaciones multinacionales, desde el Banco Mundial a grupos como la OEA, en busca de un mandato m・ amplio para el principio de los derechos de los denunciantes, tanto dentro como fuera de estas organizaciones. La tercera iniciativa en el GAP ha consistido en realizar investigaciones jur・icas constantes para conocer el alcance total y la naturaleza de los derechos de los denunciantes internacionalmente. Por ejemplo, en nuestro lugar de la WEB hemos incluido globos regionales con los que se sigue el curso de leyes existentes y las nuevas propuestas relacionadas con denunciantes. Por ・timo, estamos a la mira de casos que sientan jurisprudencia para establecer el precedente de la protecci・ del denunciante como un derecho humano, en tribunales como la Comisi・ Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Europea de Derechos Humanos. Mientras tanto hemos comenzado reci・ un programa de publicar los casos de jurisprudencia en la p・ina internacional de nuestro sitio en la Web, como un microcosmos que ilustre la necesidad de los derechos internacionales para los denunciantes. Consideramos que las represalias contra los que denuncian frontalmente la corrupci・ son una violaci・ de los derechos humanos. Adem・, la defensa tradicional de los derechos humanos se fortalecer?con la existencia de protecciones viables para quienes delatan violaciones y abuso de poder. Esta es la campa・ por la responsabilidad que abarca desde la integridad de los mercados hasta el respeto a la sociedad civil, incluso en pa・es con caracter・ticas de abuso como las que se han visto en Chile. Es uno de los fen・enos m・ poderosos que existe hoy en d・. Los denunciantes son piedra angular indispensable para que hayan pesos y contrapesos para institucionalizar la responsabilidad y establecer una esperanza de credibilidad favorables para el objetivo de crear una sociedad civil. En repetidas ocasiones la libertad de expresi・ ha cambiado el rumbo de la historia en Estados Unidos y es uno de los principios que define a una democracia aut・tica. Este valor tiene que estar en la l・ea frontal en la mundializaci・. Para el GAP ha sido muy alentador que hasta la fecha l・eres internacionales actualmente consideran esa premisa como un hecho dado. Sr. Pitts: Una pregunta final. ・ui・ financia su organizaci・? Sr. Devine: Nuestra financiaci・ consiste principalmente en subvenciones otorgadas por una variedad de peque・s fundaciones familiares. Tambi・ aceptamos pagos por honorarios de abogados cuando hay fallos en nuestro favor en casos que sientan jurisprudencia o en litigios convencionales. Sin embargo, rara vez vamos m・ all?de cobrar el costo o una parte del tiempo dedicado a representar al denunciante. Tambi・ tenemos un modesto programa para recaudar fondos por correo directo. Sr. Pitts: ・i alguien en el exterior quisiera comunicarse con ustedes para los servicios o publicaciones que ofrecen, cu・ ser・ el mejor m・odo? Sr. Devine: Por medio de nuestro sitio en la Web del Government Accountability Project (GAP) Sr. Pitts: Muchas gracias se・r Devine. Sr. Devine: Gracias.
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