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En las declaraciones siguientes, el senador Jesse Helms, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, expresa sus opiniones sobre dos cuestiones de política exterior a las que les atribuye alta prioridad, la reforma de las Naciones Unidas y la Convención de Armas Químicas. La primera declaración se obtuvo de un artículo que escribió para el número de septiembre-octubre de 1996 de la revista Foreign Affairs, la segunda y la tercera, de una carta y un memorando que envió al jefe de la mayoría de el Senado, Trent Lott, el 29 de enero de 1997.
LA IMPOSICION DEL CAMBIO EN LAS NACIONES UNIDAS
Ha llegado el momento que Estados Unidos tiene que presentar un ultimátum: O las Naciones Unidas se reforman de manera rápida y radical, o Estados Unidos dejará de ser miembro de la organización. Durante demasiado tiempo, el gobierno de Clinton ha estado hablando de la reforma de las Naciones Unidas, de palabra únicamente, sin imponer ninguna sanción real a la organización por no llevarla a cabo. Estoy convencido que de sin la amenaza de la retirada de Estados Unidos nada cambiará. La retención de las contribuciones de Estados Unidos no ha servido para nada. En 1986, el Congreso aprobó el proyecto de ley Kassebaum-Solomon, por el que se decía a las Naciones Unidas de forma inequívoca: Refórmate o muere. Eso no funcionó. Diez años más tarde, las Naciones Unidas no se han reformado ni han muerto. Ha llegado el momento de hacer lo uno o lo otro.
El representante Joe Scarborough (republicano de Florida) ha presentado en la Cámara de Representantes legislación para que Estados Unidos se retire de la Organización de las Naciones Unidas y la sustituya con una liga de democracias. Esta idea tiene mérito. Si las Naciones Unidas no están firmemente en el camino de la reforma real bastante antes del año 2000, creo que Estados Unidos debe retirarse. No debemos entrar en el nuevo milenio con la actual estructura de las Naciones Unidas todavía en vigor. Estados Unidos tiene la responsabilidad de exponer qué es lo que está mal en las Naciones Unidas, cuáles son los hitos para una reforma adecuada, y qué medidas estamos dispuestos a adoptar si esos hitos no se cumplen para un fecha determinada.
Las Naciones Unidas se resistirán, sin duda, a cualquier tipo de reforma, sobre todo muchos de los miembros más pequeños y menos desarrollados, que se benefician del actual sistema y obtienen influencia vendiendo su soberanía a la organización. Por eso es por lo que el próximo secretario general tiene una labor tan ingente ante sí: Su... mandato será nada menos que salvar a las Naciones Unidas de sí mismas, demostrar que no son inmunes a la reforma y que pueden reducirse, controlarse y utilizarse para contribuir a atender a las necesidades de seguridad del siglo XXI. Esta es una tarea colosal, y, quizás imposible. Pero si no se puede hacer, entonces las Naciones Unidas no merecen ser salvadas. Y si no se hace, yo, por mi parte, me pondré al frente de la carga para conseguir la retirada de Estados Unidos.
LAS PRIORIDADES DE POLITICA EXTERIOR
Sigo oponiéndome a la Convención de Armas Químicas que envió el presidente (al Senado, en busca de consejo y consentimiento para su ratificación). Yo recomendaría que antes nos ocupásemos de las más altas prioridades republicanas. Estas incluirían:
La promulgación de leyes que
aseguren la reforma total
de
las Naciones Unidas,
La presentación al Senado de
modificaciones al Tratado
sobre la limitación de los sistemas de misiles
antibalísticos y al de las Fuerzas Armadas Convencionales en
Europa para su consejo y consentimiento,
La promulgación de leyes para
desplegar una defensa
nacional de misiles.
Una vez que hayamos logrado dar a nuestras prioridades más altas fuerza de ley, podemos dirigir nuestra atención a la cuestión de la Convención de Armas Químicas.
CONDICIONES CLAVES RELATIVAS A LA CONVENCION SOBRE ARMAS QUIMICAS
A continuación, se mencionan varias condiciones claves para la resolución de ratificación de la Convención de Armas Químicas.
La eliminación por parte de Rusia de las armas químicas y la puesta en práctica del Acuerdo Bilateral de Destrucción
Por esta condición se prohíbe el depósito del instrumento de ratificación de Estados Unidos mientras Rusia no se comprometa a poner en práctica de Acuerdo Bilateral de Destrucción de 1990; despeje las inquietudes que han surgido en torno a sus declaraciones de datos incompletos con arreglo al Memorando de Entendimiento de Wyoming; ratifique la Convención y se comprometa a renunciar al mantenimiento clandestino de medios de producción de armas químicas. Dichos compromisos por parte de Rusia son decisivos para que la Convención consiga una auténtica prohibición mundial de la posesión y el uso de armas químicas.
Las Armas Químicas en Otros Países Aparte de Rusia
La Convención de Armas Químicas no es una prohibición total. Para que este tratado contribuya a la seguridad nacional de Estados Unidos debe, como mínimo, afectar a los países poseedores de armas químicas que constituyen una amenaza para Estados Unidos. Por consiguiente, Estados Unidos no debe ser parte en este tratado mientras esos países objeto de inquietud no se hayan adherido a él.
Alto grado de confianza en la vigilancia y verificación del cumplimiento
Por esta condición se prohíbe depositar el instrumento de ratificación mientras el presidente no certifique que los servicios de inteligencia tienen la capacidad de "vigilar con un alto grado de confianza el cumplimiento de la Convención por todas las partes en la misma". También se exige al presidente certificar el cumplimiento todos los años y presentar el equivalente a un Cálculo de inteligencia nacional sobre armas químicas.
La respuesta de Estados Unidos al incumplimiento
Por esta condición se esclarece lo que el Senado espera del presidente con respecto a los actos de incumplimiento suficientemente graves para amenazar los intereses de seguridad nacional de Estados Unidos. Por esta disposición se dispone que el presidente exija una inspección de recusación de la parte responsable del incumplimiento; solicite la imposición de sanciones multilaterales en el Consejo de Seguridad; y, en caso de que el incumplimiento persista, solicite una resolución de apoyo del Senado para continuar la adhesión de Estados Unidos a la Convención.
Primacía de la Constitución de Estados Unidos
Por esta condición se declara que la Constitución de Estados Unidos prevalece sobre todas las disposiciones de la Convención de Armas Químicas. Esto se debe declarar inequívocamente, ya que existe una serie de disposiciones de la Convención que considero inquietantes. En particular, el derecho de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas de inspeccionar las instalaciones particulares de Estados Unidos debe reconciliarse con los derechos constitucionales de los ciudadanos estadounidenses de protección contra el registro y la confiscación irrazonables. Nada de lo estipulado en la Convención de Armas Químicas deberá interpretarse en el sentido de que exige o autoriza la adopción de leyes, o cualquier otra medida, por Estados Unidos, que esté vedada por la Constitución.
Protección de la información comercial confidencial
La pérdida de información comercial confidencial debida a una inspección de recusación; a un análisis de muestra en un laboratorio designado por la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas; o la revelación, no autorizada, por personal de dicha Organización, sería perjudicial para numerosas industrias químicas, farmacéuticas y biotecnológicas de Estados Unidos. El Senado responsabiliza a la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas, con arreglo a la Constitución y al ordenamiento jurídico de Estados Unidos, de los daños materiales causados por cualquier quebrantamiento de confidencialidad o pérdida de información comercial sobre la que tenga derechos de propiedad.
Agenda de la
política exterior de los Estados Unidos de
América
Publicación Electrónica del
USIS, Vol. 2, No. 1, Marzo de 1997