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El Fondo Monetario Internacional invita a sus 182 miembros a publicar en la Cartelera de Normas de Divulgaci・ de Datos (CNDD), que el FMI mantiene en la Web (http://dsbb.imf.org), datos completos y oportunos sobre su situaci・ econ・ica y financiera nacional.
La informaci・ que se publica en la p・ina Web del FMI debe llenar los requisitos que el Fondo establece para las Normas Especiales de Divulgaci・ de Datos (NEDD), oficialmente dadas a publicidad en abril de 1996. Las NEDD son para los pa・es que ya tienen, o que procuran tener acceso a los mercados de capital internacionales. Sirven de gu・ en lo que respecta el nivel de los detalles y la oportunidad necesarios para que el FMI divulgue los datos p・licamente. Si bien la participaci・ es voluntaria, hasta la fecha 46 pa・es han aceptado los requerimientos de las NEDD, y sus datos econ・icos y financieros aparecen en la direcci・ Web del FMI. Los pa・es participantes disponen de un per・do de transici・, que se extiende hasta el final de 1998, para preparar sus datos al nivel de las NEDD.
El objetivo principal del Sistema General de Divulgaci・ de Datos (SGDD), establecido formalmente en diciembre de 1997, es ayudar a los pa・es a mejorar la calidad de los datos que compilan y publican. Esto incluye ayuda en preparar datos econ・icos, financieros y socio-demogr・icos completos, oportunos, accesibles y confiables.
A continuaci・ algunos fragmentos de la informaci・ sobre la introducci・ a las NEDD y el SGDD, obtenidos de la p・ina Web de la Cartelera de las Normas de Divulgaci・ del FMI. Puede obtenerse informaci・ m・ completa y los datos mismos en ese sitio.
CUADRO GENERAL DE LAS NEDD
Prop・ito: El Fondo Monetario Internacional (FMI) estableci?las Normas Especiales para la Divulgaci・ de Datos (NEDD) con el fin de servir de gu・ a los miembros, que tienen o quisieran tener acceso a los mercados de capital internacionales, para hacer p・licos sus datos econ・icos y financieros. Se espera que tanto el Sistema General de Divulgaci・ de Datos (SGDD) como las NEDD aumenten la disponibilidad de estad・ticas oportunas y completas y, por lo tanto, contribuyan al establecimiento de pol・icas macroecon・icas prudentes; tambi・ se espera que el SGDD contribuya a mejorar el funcionamiento de los mercados financieros.
Suscripci・: Se inici?la suscripci・ a las NEDD a principios de abril de 1996 mediante una carta que el director gerente del FMI envi?a todos los miembros y gobernadores del FMI. Si bien la suscripci・ es voluntaria, implica un compromiso de parte de los miembros suscriptores de observar las normas y proveer al FMI cierta informaci・ acerca de sus procedimientos de divulgaci・ de los datos econ・icos y financieros. La suscripci・ de un pa・ miembro, que se puede hacer en cualquier momento, debe comunicarse por escrito al secretario del FMI. Hasta esta fecha ha habido 46 suscripciones a las NEDD.
Las dimensiones y los elementos verificables de las normas: las NEDD, al examinar en su totalidad la divulgaci・ de los datos econ・icos y financieros, identifican cuatro dimensiones en la divulgaci・ de datos:
La dimensi・ de los datos indica 17 categor・s de datos que proveen cobertura a los cuatro sectores de la econom・, y prescribe la periodicidad (o frecuencia) y la oportunidad con que deben divulgarse los datos acerca de estas categor・s. En reconocimiento de las diferencias en las estructuras econ・icas y las medidas institucionales en los pa・es, las NEDD proveen flexibilidad. Ciertas categor・s se identifican para divulgaci・ en base a su "pertinencia". Asimismo, algunas categor・s de datos o elementos de categor・s de datos se identifican como sugeridos en lugar de prescritos. Con respecto a la periodicidad y oportunidad un miembro suscriptor puede ejercer ciertas opciones de flexibilidad mientras se considere que observa plenamente las NEDD.
Los elementos verificables de las NEDD en cuanto a acceso, integridad y calidad, recalcan la transparencia en la compilaci・ y divulgaci・ de las estad・ticas.
Per・do de transici・: Se inici?un per・do de transici・ para la puesta en pr・tica de las NEDD con la apertura de las suscripciones a principios de abril de 1996, el que terminar?el 31 de diciembre de 1998. Durante este per・do, un miembro se puede suscribir a las NEDD aun cuando en esa fecha sus procedimientos de divulgaci・ no se ajusten plenamente a las NEDD. Este per・do les da tiempo a los suscriptores para ajustar sus procedimientos, de conformidad con un plan a ser presentado, para que se ajuste a las normas. Durante el per・do de transici・, el FMI tambi・ elaborar?en forma m・ completa ciertos aspectos funcionales y examinar?el contenido y los procedimientos de las NEDD con miras a hacer cualesquiera ajustes necesarios en vista de la experiencia.
Metadatos: Se espera que el suscriptor someta informaci・ sobre -- sus metadatos -- al FMI acerca de sus datos y procedimientos de divulgaci・, para ser presentados en una cartelera informativa electr・ica. Los metadatos se deben someter al FMI dentro de los tres meses despu・ de suscribirse, excepto aquellos relacionados con las metodolog・s de res・enes (para las que se otorga m・ tiempo). El FMI examina los metadatos de los suscriptores para determinar su alcance y exactitud. El suscriptor es responsable por la exactitud de los metadatos, incluso la puntualidad de las actualizaciones, as? como por los datos econ・icos y financieros en que se basan los metadatos.
La funci・ de la cartelera de Normas de Datos: El FMI mantendr?una Cartelera de Normas de Divulgaci・ de Datos (CNDD). Los metadatos NEDD son ・iles por s?mismos, y su presentaci・ en la CNDD facilitar?a los mercados financieros y otros usuarios de los datos, el control de la cumplimentaci・ de las normas. La CNDD provee ahora hiperlinks entre los metadatos NEDD y los datos nacionales propiamente dichos de 16 pa・es.
La presencia de un miembro en la CNDD como suscriptor de las NEDD indica su intenci・ de observar ciertos principios de buena conducta en cuanto a estad・ticas. A los suscriptores no se les remover?de la CNDD durante el per・do de transici・ excepto por razones de incumplimiento insigne. Despu・ del per・do de transici・, el incumplimiento grave y persistente ser?causa para su remoci・. Los procedimientos de remoci・, que podr・n involucrar un grupo de expertos independientes y requieren una decisi・ de parte del Directorio Ejecutivo, se elaboran en su totalidad durante el per・do de transici・.
CATEGORIAS DE DATOS
Las Normas Especiales de Divulgaci・ de Datos del FMI exigen o sugieren las siguientes categor・s de datos. La lista est? organizada por sector (real, fiscal, financiero, externo).
[Nota: En el sitio CNDD del FMI en la Web, se ofrece m・ informaci・ sobre lo que las NEDD especifican para cada rubro de esta lista y lo que proveen los pa・es suscriptores, mediante los links en la p・ina de la categor・ de datos: (http://dsbb.imf.org/category.htm)].
CATEGORIAS:
Sector real
PAISES QUE PARTICIPAN EN LAS NEDD
Hasta julio de 1998, los siguientes gobiernos se han suscrito a las NEDD; un asterisco delante del nombre indica un suscriptor del que se incluye metadatos en las NEDD:
Argentina, * Australia, Austria, * B・gica, * Canad? * Chile, * Colombia, * Croacia, * Rep・lica Checa, Dinamarca, * Ecuador, El Salvador, Finlandia, * Francia, * Alemania, * Hong Kong, China, * Hungr・, * Islandia, * India, * Indonesia, * Irlanda, * Israel, * Italia, * Jap・, * Corea, * Latvia, * Lituania, * Malasia, * M・ico, * Holanda, * Noruega, * Per? * Filipinas, * Polonia, * Portugal, Singapur, * Rep・lica Eslovaca, Eslovenia, * Sud・rica, * Espa・, * Suecia, * Suiza, * Tailandia, * Turqu・, * Reino Unido, * Estados Unidos
SISTEMA GENERAL DE DIVULGACION DE DATOS (SGDD)
Nota referente al Sistema General de Divulgaci・ de Datos: el Directorio Ejecutivo del FMI aprob?el establecimiento del Sistema General de Divulgaci・ de Datos (SGDD o Sistema General) en su reuni・ de fecha 19 de diciembre de 1997. Este paso concluy?una etapa importante en la labor del Fondo empezada en octubre de 1995, cuando el Comit?Provisional respald?el establecimiento, por el Fondo, de las normas para guiar a los miembros en la divulgaci・ p・lica de sus datos econ・icos y financieros. Esas normas deb・n constar de dos niveles: el SGDD, el que se aplicar・ a todos los miembros del Fondo, y las Normas Especiales para la Divulgaci・ de Datos (NEDD), las que ser・n para los pa・es miembros que tienen o procuran acceso a los mercados de capital internacionales. El Directorio Ejecutivo aprob?las NEDD el 29 de marzo de 1996.
El SGDD se concentra principalmente en mejorar la calidad de los datos. Esto est?en contrate con las NEDD, las que se concentran en la divulgaci・ en pa・es que, en general, ya han alcanzado altas normas de calidad de los datos. Contra este trasfondo, el SGDD es uno de los proyectos estrat・icos m・ importantes del Fondo en el ・ea de las estad・ticas, en el que uno de los objetivos de larga data entre los pa・es miembros ha sido la mejora de los datos y procedimientos estad・ticos. Se conf・ en que el SGDD tambi・ ser?un recurso valioso para los proveedores bilaterales y multilaterales de asistencia t・nica, y que el SGDD podr?proveer la base para una cooperaci・ mayor con otros proveedores de ayuda t・nica.
Los prop・itos del Sistema General son: (1) Alentar a los pa・es miembros a mejorar la calidad de sus datos; (2) proveer una estructura para evaluar la necesidad de mejorar los datos y establecer las prioridades en este sentido; y (3) servir de gu・ a los pa・es miembros en la divulgaci・ al p・lico de estad・ticas econ・icas, financieras y socio-demogr・icas completas, oportunas, accesibles y confiables. La estructura tiene en cuenta, a trav・ de la vasta gama de pa・es, la diversidad de sus econom・s y los requerimientos de desarrollo de muchos de sus sistemas estad・ticos. La estructura est? construida alrededor de las mismas cuatro dimensiones que las NEDD -- datos (cobertura, periodicidad y oportunidad), calidad, acceso e integridad -- y tiene por intenci・ proveer una gu・ para el desarrollo general de datos econ・icos, financieros y socio-demogr・icos. En este contexto, el SGDD se orienta a beneficiar tres grupos: (1) los pa・es participantes se beneficiar・ con el proceso de evaluar sus sistemas estad・ticos y de formular planes para su mejoramiento; (2) los proveedores bilaterales y multilaterales de asistencia t・nica se beneficiar・ al tener una estructura para evaluar la calidad de los datos, para ayudar a establecer prioridades a las mejoras y organizar las actividades de asistencia t・nica; y (3) los usuarios de los datos se beneficiar・ con la informaci・ detallada acerca de los sistemas y procedimientos estad・ticos de los pa・es participantes.
El SGDD comparte varias caracter・ticas con las NEDD, particularmente la importancia que atribuye a las cuatro dimensiones. Pero el SGDD difiere de las NEDD en muchos respectos. Adem・ de concentrarse principalmente en mejorar la calidad de los datos, el SGDD, al incluir la divulgaci・ de datos socio-demogr・icos, tiene un alcance m・ extenso. Las NEDD son menos preceptivos en cuanto a la periodicidad y puntualidad de la divulgaci・ de datos y reconocen que la mejora de los procedimientos de producci・ y divulgaci・ de datos solamente puede lograrse a plazo largo.
En el Sistema General la dimensi・ de los datos est? estrechamente vinculada a la dimensi・ de la calidad, dentro de la cual los planes para mejorar la calidad de los datos forman parte integral del sistema. La dimensi・ de los datos en el SGDD aborda el desarrollo, la producci・ y la divulgaci・ de dos clases de datos interrelacionados: (1) estructuras generales para cada uno de los cuatro sectores econ・icos y financieros (real, fiscal, financiero y externo); y (2) indicadores para cada uno de los cuatro sectores, as?como una serie de indicadores socio-demogr・icos. El SGDD contiene, tanto para las estructuras generales como los indicadores, categor・s fundamentales que se recomiendan como primeras prioridades y categor・s sugeridas que son extensiones de las categor・s fundamentales y que incluyen una conexi・ con la cobertura, la periodicidad y puntualidad de los datos de las NEDD. El enfoque de las dimensiones del acceso y la integridad est?en el desarrollo de pol・icas y procedimientos que correspondan con los objetivos de la divulgaci・ de datos r・idamente accesibles y de confianza. Los elementos que estas dimensiones abarcan son los procedimientos actuales de las instituciones que compilan y divulgan los datos en unos pocos pa・es potenciales del SGDD.
Adem・ de trabajar con los pa・es, el SGDD reflej?discusiones extensas con otras instituciones internacionales y regionales. Hubo amplio sost・ para una iniciativa que procuraba mejoras en la calidad de los datos y que reconoci?que en muchas ・eas era necesario un plazo largo para lograr las mejoras. En general se respaldaron las especificaciones para la cobertura de los datos, as?como la importancia atribuida al acceso y la integridad, y se acogi?con benepl・ito la inclusi・ de los indicadores socio-demogr・icos en el SGDD.
Los pa・es miembros pueden poner en efecto voluntariamente el Sistema General cuando optan por participar en el mismo. La participaci・ consiste en tres elementos: (1) comprometerse a utilizar el SGDD como estructura para el desarrollo de estad・ticas; (2) designar un coordinador nacional; y (3) preparar metadatos que consistan en descripciones de los procedimientos y planes actuales de mejoras a plazo corto y largo en estos procedimientos. El Fondo divulgar?estos metadatos en una cartelera electr・ica en Internet.
La puesta en pr・tica gradual del SGDD se concentrar?primero en la educaci・ y la capacitaci・ y subsiguientemente en el trabajo directamente con los pa・es. La fase de la capacitaci・, de aproximadamente 18 meses, consistir?en la creaci・ de un m・ulo SGDD de Gu・ para las Normas de Divulgaci・ de Datos y la presentaci・ de hasta ocho seminarios/cursos pr・ticos regionales sobre el SGDD.
Una vez concluida la fase de la capacitaci・, habr?un per・do de trabajo intensivo en los pa・es. Para ciertos aspectos del trabajo en los pa・es se aceptar?la participaci・ de expertos de otras instituciones internacionales. El personal del Fondo continuar?sus consultas con las instituciones internacionales durante la puesta en pr・tica del SGDD.
Perspectivas
Económicas
Publicación Electrónica de
USIS, Vol. 3, No. 4, agosto de 1998