SOBERANIA Y DERECHOS HUMANOS |
Richard Falk, profesor de derecho y pr��tica internacionales en la Universidad de Princeton, discute las complicadas relaciones que existen entre la soberan�� nacional y los derechos humanos, en un art��ulo que plantea cuestiones importantes acerca de la medida en que deber�� promoverse la democracia en todo el mundo. Como lo indica el profesor Falk, las opciones no son de ning�� modo f��iles ni claras. |
Es dif��il separar la protecci�� internacional de los derechos humanos del flujo y reflujo de las relaciones entre las grandes potencias. Los derechos humanos y su derivaci�� b��ica, la "intervenci�� humanitaria", son elementos b��icos de la geopol��ica de la Guerra Fr��. Como tales, tanto la proyecci�� de poder en nombre de violaciones graves de los derechos humanos como la negativa a actuar en presencia de cat��trofes humanitarias, dan una idea del grado de penetraci�� de los derechos humanos en la escena geopol��ica contempor��ea. Ejemplos extremos que ilustran la negativa a actuar son el caso de Rwanda (1994), donde se consider?que los intereses estrat��icos eran m��imos, y Chechenia (1999-2000), donde se juzg?que los costos y riesgos de actuar eran demasiado grandes.
A menudo el reverso de la internacionalizaci�� de los derechos humanos es el concepto de la soberan��, que, a primera vista, parece excluir la coerci�� externa para lograr la aplicaci�� de las normas de los derechos humanos. Los estados que eran colonias hasta ��ocas recientes, as?como los pa��es que han experimentado intervenciones frecuentes, tienden a ser especialmente vehementes en insistir que la aplicaci�� de los derechos humanos debe tener lugar en una forma congruente con estrictos conceptos de soberan��, al menos en tanto no se amenace la paz y la seguridad internacionales. La Carta de las Naciones Unidas, al afirmar en el Art��ulo 2(7) que a la organizaci�� le est?prohibido intervenir en asuntos que est�� fundamentalmente dentro de la jurisdicci�� de un estado miembro, parece tambi�� dar seguridad a los miembros de que las Naciones Unidas no impugnar�� las relaciones internas entre el estado y la sociedad, no importa el grado de caos o las violaciones que tengan lugar.
Creciente importancia del caracter distintivo de los derechos humanos
Al mismo tiempo, el surgimiento de un sistema de derechos humanos a nivel regional y mundial parecer�� ser el logro ��ico m�� notable del siglo pasado. La idea fundamental de que los gobiernos deben actuar dentro de determinados l��ites prescritos, que incluso a los l��eres pol��icos y militares pueden hac��seles responsables de sus actos, si ��tos equivalen a delitos contra la humanidad o a graves formas de violaci�� de los derechos humanos, constituye un acontecimiento revolucionario. Estas nacientes pautas internacionales y su aplicaci��, retan, definitivamente, la idea de que la soberan�� pone a los gobiernos fuera del alcance de dicha responsabilidad, siempre y cuando sus actos se realicen dentro de los confines territoriales, y de que estos l��eres tienen una inmunidad que es respetada en todo el mundo. La persecuci�� de figuras notables como Slobodan Milosevic y el ex presidente chileno Augusto Pinochet demuestra que los responsables de someter a horrores a los ciudadanos ya no tienen un lugar seguro en el mundo donde esconderse. El esfuerzo complementario por establecer un tribunal penal internacional permanente, de conformidad con el Tratado de Roma de 1998, tiene por objeto dar solidez institucional a esta ampliaci�� de la responsabilidad.
Quiz?lo m�� notable es que la importancia de los derechos humanos se debe a las presiones ejercidas por activistas en la sociedad civil. El surgimiento de los derechos humanos expresa nuevas formas de acci�� pol��ica transnacional internacionales mediante redes, patrones, informaci�� y acceso a los medios de difusi�� como instrumentos de persuasi�� para impugnar arraigados poderes opresores de los estados. A veces esta impugnaci�� coincidi?con presiones geopol��icas, como fue el caso del apoyo a los derechos humanos en lo que eran los pa��es del bloque sovi��ico y como es el caso actualmente en China. La ideolog�� de la Guerra Fr�� y la promoci�� de los derechos humanos hicieron convergencia, especialmente en los a��s ochenta. Aunque, como Noam Chomsky y otros han se��lado, tambi�� divergieron con frecuencia y las prioridades geopol��icas produjeron intervenciones pro reg��enes autoritarios a costa de los derechos humanos. Este fue el caso especialmente en pa��es del tercer mundo, particularmente en todas partes en Am��ica Latina durante la ��oca de la Guerra Fr��, cuando se vieron intervenciones peri��icas en Guatemala (1954), la Rep��lica Dominicana (1965), Chile (1973) y Nicaragua y El Salvador (a��s ochenta). Una modalidad similar de apoyo Occidental a reg��enes autoritarios se hizo evidente tambi�� en Africa y Asia.
La cuesti�� principal es que entre la soberan�� y los derechos humanos existen v��culos complejos y contradictorios. La soberan�� puede servir de escudo y pretexto para permitirle a un gobierno observar una conducta abusiva con sus propios ciudadanos. Al mismo tiempo, sin embargo, tambi�� puede proteger a un gobierno progresista, que se ha comprometido a promover el bienestar econ��ico, social y cultural de su pueblo, de una intervenci�� geopol��icamente motivada que pretende ejercer presi�� sobre un estado d��il. Debido a esta naturaleza dual de la soberan��, con sus m��tiples variaciones, las cuestiones que plantea la relaci�� entre la soberan�� y los derechos humanos, en cualquier caso individual, deben considerarse siempre en su contexto m�� amplio. En el grado actual del desarrollo de la sociedad internacional la soberan�� puede obrar en pro o en contra de los derechos humanos, seg�� las circunstancias.
Evoluci�� del movimiento de los derechos humanos
El enigma inicial es por qu?Estados soberanos participan en la creaci�� de un marco legal cuya naturaleza misma es subversiva de la supremac�� territorial; supremac�� que fuera la caracter��tica del orden mundial de la ��oca westfaliana (1848). El inicio de la din��ica de esta subversi�� tuvo lugar durante el per��do posterior a la Segunda Guerra Mundial, comenzando con la Declaraci�� Universal de los Derechos Humanos y la Convenci�� para la Prevenci�� y la Sanci�� del Delito de Genocidio. La mejor manera de explicarlo es mediante dos grupos de consideraciones mutuamente reforzantes: primero que todo, una conciencia de las circunstancias hist��icas que rodearon la revelaci�� de las atrocidades cometidas por la Alemania nazi gener?la presi�� para crear condiciones que se opusieran a la repetici�� de tal conducta en el futuro.
El hecho de que lo que hizo el r��imen nazi con sus propios ciudadanos hubiera tenido una respuesta tan pasiva por parte de las democracias liberales de Occidente form?parte de tal conciencia y dio origen a la promesa de "nunca m��". Esta promesa iba unida a la idea fundamental de que hab�� l��ites a lo que un gobierno pod�� hacer en sus relaciones con el pueblo dentro de sus fronteras. En cierto sentido, la definici�� de los derechos humanos fundamentales equivali?a especificar dichos l��ites universales de la supremac�� territorial; con lo que se revel?el sentido de culpabilidad del Occidente, posterior a 1945, combinado con los valores reformistas e idealistas que hab��n suministrado la justificaci�� ideol��ica de la guerra recientemente terminada.
Sin embargo, tambi�� estuvo presente un segundo grupo de consideraciones de car��ter neutralizador. El mundo de 1945 segu�� siendo un mundo que giraba alrededor del Estado, con ideas muy diferentes de la manera de organizar las relaciones entre el Estado y la sociedad. Era tambi�� un mundo caracterizado por circunstancias materiales que variaban enormemente. Es posible que tal disparidad hubiera estado justo por debajo de la superficie de la conciencia pol��ica del ciudadano s��o inmediatamente despu�� de la Segunda Guerra Mundial, pero estaba latente a�� durante la guerra. A rengl�� seguido la Guerra Fr��, con su eje Este-Oeste y la lucha anticolonialista con sus tensiones Norte-Sur, puso de relieve la falta de consenso en la sociedad internacional.
Por tanto, muy desde el principio, la posibilidad de la aplicaci�� de los derechos humanos fue problem��ica. No hab�� un mecanismo ejecutorio dentro del esquema de los derechos humanos. El poder real todav�� estaba en manos del Estado. Ciertamente el surgimiento de los derechos humanos fue pol��icamente posible s��o porque en ese momento exist�� el entendimiento de que no se crear��n mecanismos ejecutorios. A�� los Estados autoritarios no tuvieron problema en convenir con las normas prescritas, ya que potencialmente no hab�� posibilidad de que se mantuvieran. En este sentido la subversi�� de la soberan�� fue m�� aparente que real.
Con todo, con el paso del tiempo, este entendimiento cambi? la subversi��, en diversas circunstancias claves, se torn?tanto real como aparente. Varios factores explican este curso imprevisto de los hechos. El surgimiento de ONG transnacionales eficaces, dedicadas a la promoci�� y aplicaci�� de los derechos humanos, trajo a la escena mundial un nuevo elenco de actores pol��icos no estatales. Despu�� que lo gobiernos dieran carta de legitimidad a las normas de los derechos humanos fue dif��il descartar totalmente los reclamos presentados por estas ONG respecto a su aplicaci��, especialmente cuando se juntaron con una oposici�� a nivel popular contra reg��enes opresores y una toma de conciencia de las violaciones, que se hizo palpable en los medios mundiales de difusi�� que gradualmente prestaron mayor atenci��.
Ciertamente se invad�� la soberan�� en el sentido de que selectivamente, por lo menos, hasta cierto punto se eludi?el escudo contra la responsabilidad externa. Como se indic?anteriormente, la eficacia de esta invasi�� se acrecent?en el grado en que coincidi?con luchas ideol��icas en curso: el Occidente se uni?a las ONG para ejercer presi�� sobre los pa��es del bloque sovi��ico, especialmente despu�� de los Acuerdos de Helsinki de 1975, en tanto que el Tercer Mundo utiliz?la Asamblea General de las Naciones Unidas y su propio movimiento no alineado para dar peso pol��ico al fomento del derecho de los pueblos a la autonom��, como convalidaci�� de las luchas contra reg��enes coloniales.
Este ��timo proceso culmin?en la campa�� antiapartheid, que logr?producir un clima normativo tan fuerte en favor de los derechos humanos, que en la d��ada de los ochenta se sobrepuso a la actitud de l��eres conservadores, como Margaret Thatcher y Ronald Reagan, guardianes de intereses estrat��icos econ��icos y pol��icos del Reino Unido y Estados Unidos, que parec��n favorecer la preservaci�� del statu quo. En estos ejemplos destacados de la desintegraci�� del bloque sovi��ico (y la terminaci�� de la Guerra Fr��), el triunfo de la descolonizaci�� y la derrota del apartheid in Sud��rica, la defensa de los derechos humanos a escala internacional contribuy?al logro de unos cuantos resultados de fondo, hist��icamente importantes y generalmente bien acogidos, ninguno de los cuales se anticip?en c��culos realistas anteriores.
Alcance del movimiento de los derechos humanos
Vistos con este trasfondo los aspectos conceptuales surgen m�� claramente y pertenecen en ambos polos del estudio, es decir son pertinente a nuestro sentido de soberan�� as?como a nuestra comprensi�� de los derechos humanos. En cuanto a la soberan��, existen dos ambig��dades cruciales, la soberan�� se considera predominantemente estado y condici�� del ejercicio del poder en relaci�� con la idea de supremac�� territorial, lo que pone la aplicaci�� forzosa de los derechos humanos internacionales en posici�� antag��ica a la soberan��. Sin embargo, si la soberan�� se entiende como inherente al pueblo, o sea la idea de la soberan�� popular, que ha trav�� de la historia se ha asociado con la revoluci�� francesa, entonces, en muchas situaciones, la realizaci�� de los derechos humanos es precisamente el proyecto pol��ico que adopta "el soberano" (i.e. el pueblo).
Incluso cuando la soberan�� se asocia con el estado como representante del pueblo, particularmente en un estado dem��rata, todav�� es posible considerar la soberan�� como un conjunto de derechos y deberes que pueden ser modificados por la facultad legislativa del estado, creando as?la posibilidad de que la aceptaci�� de los derechos humanos, a�� con la perspectiva de alguna responsabilidad externa, cumple con la soberan�� de acuerdo con las condiciones contempor��eas. Tal punto de vista parece especialmente aplicable dentro del marco de la protecci�� regional de los derechos humanos en Europa, por medio de la Corte de Derechos Humanos y, en menor grado, dentro del Sistema Interamericano. De hecho, la aceptaci�� de la responsabilidad ante el exterior, en cuanto a los derechos humanos, ocurre en situaciones en las que Estados democr��icos buscan proteger un futuro democr��ico y liberal incluso contra fuerzas antidemocr��icas y antiliberales dentro sus propios pa��es.
Es decir, la soberan�� cede cierta medida de control territorial a cambio de una mayor garant�� de que el clima pol��ico regional y nacional deseable podr?mantenerse en el futuro. Por ejemplo, seguramente como una expresi�� de soberan�� puede ser aceptable forgo��? renunciar a la opci�� interna de seleccionar un r��imen fascista. La respuesta a la inclusi�� del Partido de Libertad de Jorg Haider en la coalici�� gobernante en Austria puso a prueba la fuerza relativa de estos dos conceptos contrastantes de la soberan��. A un lado est�� quienes sugirieron que el resultado de las elecciones austriacas y el proceso de negociaci�� entre los partidos era un asunto que cabe solo a Austria determinar, fundamentalmente sin l��ite alguno. Al otro lado est?el punto de vista de que los gobiernos de la UE han aceptado l��ites en su orden p��lico interno con base en un compromiso compartido con respecto a los derechos humanos y la democracia, y que la presencia de Haider en el gobierno pondr�� en peligro ese compromiso.
Hay un debate igualmente importante sobre el alcance y car��ter de los derechos humanos. Si uno enfoca la cuesti�� del alcance desde la perspectiva de los textos de derecho internacional, no hay duda de que en las cl��sulas dedicadas a la materia se incluyen el derecho de los pueblos a la autonom�� y toda una gama de derechos econ��icos, sociales y culturales. Con todo, si uno considera el aspecto pol��ico transnacional de los derechos humanos, la preocupaci�� se ha concentrado en forma arrolladora en los derechos civiles y pol��icos dentro de par��etros estrechos. S��o recientemente se ha puesto bajo escrutinio este estrecho concepto vigente de los derechos humanos.
Estados Unidos y los derechos humanos
Existe una confusi�� conceptual final en cuanto a la posici�� del gobierno de Estados Unidos respecto a los derechos humanos. El gobierno estadounidense, m�� que cualquier otro, ha vinculado su pol��ica exterior al compromiso con los derechos humanos, posici�� que lleg?a su punto m��imo en los primeros a��s de la presidencia de Carter. S��o el gobierno de Estados Unidos publica un informe anual de los derechos humanos (en sentido estricto) en los pa��es que reciben ayuda econ��ica extranjera. Este informe es una obligaci�� legal interna impuesta por el Congreso a la rama ejecutiva.
Al mismo tiempo, Estados Unidos se ha tomado su tiempo en aceptar formalmente las obligaciones firmes que acarrean varios tratados importantes de derechos humanos, arguyendo dificultades provenientes de su estructura federal, las sospechas tradicionales de sus estados sure��s y su insistencia en que la estabilidad y calidad de su orden pol��ico democr��ico no necesita refuerzo externo. Pero, sin duda alguna, en el fondo de esta posici�� est?un punto de vista m�� territorial de la soberan�� que hace que el gobierno de Estados Unidos y su ciudadan�� vean con poco entusiasmo un proceso externo de evaluaci��. Este punto se puso de relieve hace poco, por ejemplo, cuando un estudio bastante discreto de la pr��tica de la pena capital en Estados Unidos, llevado a cabo por la Comisi�� de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, desat?un temporal de resentimiento en algunos c��culos.
Finalmente, est?la cuesti�� de la forma en que las Naciones Unidas han alterado el equilibrio entre el respeto a la soberan�� y la protecci�� de los derechos humanos. Todos los ��timos secretarios generales de la ONU han propugnado un enfoque de mayor intervenci��, que reduce la limitaci�� de la autoridad de la ONU en cuanto a la jurisdicci�� interna. Este punto se plantea vivamente en graves formas de violaci�� de estos derechos que hace que produzcan llamados a la "intervenci�� humanitaria" auspiciada por la ONU. Los ejemplos recientes de Rwanda, Bosnia, Kosovo y Chechenia ilustran tanto el impulso a intervenir como la limitaci�� geopol��ica para que hacerlo.
Entre los factores que es necesario tomar en cuenta est�� los siguientes: capacidad para encontrarle soluci�� a la situaci�� con niveles aceptables de riesgo para quien interviene; el grado de compromiso con el bienestar de las v��timas seg�� la relaci�� entre quien interviene y la sociedad en cuesti�� y, la clase e intensidad de los intereses en la balanza. Desde tal perspectiva, es f��il comprender gasp or grasp el bajo grado de voluntad pol��ica en el caso de Rwanda (no hab�� intereses) y Chechenia (riesgos demasiado elevados) y el alto grado en el caso de Bosnia y a�� m�� en el de Kosovo (��ea europea, temor a una guerra m�� amplia en los Balcanes, la movilizaci�� de la opini�� p��lica, la viabilidad de la OTAN despu�� de la Guerra Fr��).
Conclusi��
Es evidente que la gama de interpretaciones aceptadas de la soberan�� y los derechos humanos crea un margen de ambig��dad que permite a actores pol��icos, con valores y objetivos contradictorios, citar cualquiera de los dos polos, o ambos, para sus prop��itos ��iles. Es importante estar enterado de tales tendencias en las relaciones internacionales, sin perder de vista tres tendencias emp��icas dominantes: primero que todo, el surgimiento internacional y transnacional de los derechos humanos, en formas m��tiples, como un ��ea tem��ica cada vez m�� importante; segundo la din��ica de la eliminaci�� de la territorialidad en la vida pol��ica, con lo que se reduce la certeza de las fronteras; tercero, la mayor capacidad de los Estados en la ��oca postcolonial para afirmar la seguridad territorial frente a la diplomacia de intervenci�� (la soberan�� del Estado es actualmente una realidad para la mayor�� de los pa��es, incluso los del tercer mundo).
Parte de la confusi�� respecto a los pronunciamientos entrelazados sobre la soberan�� y los derechos humanos proviene de no distinguir entre la pol��ica simb��ica y la pol��ica sustantiva o funcional. La soberan�� est?simb��icamente asociado, en alto grado, con la afirmaci�� del "propio yo" que se manifiesta en la autonom�� y la pol��ica de identidad, tal como se practica dentro de los confines del Estado soberano. Este v��culo simb��ico no est?re��do con varios tipos de relaci�� con actores externos basada en valores compartidos e intereses comunes, lo cual es un ejercicio de soberan��, aunque puede resultar en restringir la discreci�� del Estado. Lo mismo pasa con los derechos humanos. Su afirmaci�� simb��ica puede responder a una orientaci�� ideol��ica, en tanto que sustantivamente la aplicaci�� de los derechos humanos puede amenazar estructuras arraigadas de privilegio y dominio social, pol��ico y cultural.
Por todas estas razones, es particularmente importante hacer la disecci�� del debate sobre la soberan�� y los derechos humanos para averiguar qui��, a qui�� y para qu? es decir, precisar las quejas, los actores, los intereses y los valores en contexto. La complejidad permanecer? pero por lo menos habr?menor tendencia a conducir el debate en una forma manipuladora que obscurece las fuerzas reales en juego y hace virtualmente imposible evaluar las consecuencias de cursos de acci�� alternativos.
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NOTA: Las opiniones expresadas en este art��ulo corresponden al autor y no necesariamente reflejan la postura oficial del gobierno de Estados Unidos.
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